La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) otorga la posibilidad de obtener una prestación a todo trabajador en relación de dependencia o autónomo que se incapacite física o intelectualmente.
18 de diciembre 2022 - 00:00
Retiro transitorio por invalidez ANSES: ¿Cómo obtenerlo?
La Administración Nacional de la Seguridad Social permite que determinadas personas puedan jubilarse de forma anticipada sin tener todos los aportes. Conoce a quiénes aplica.
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Tres de cada diez personas no cumplen con los 30 años de aportes necesarios para jubilarse
Pueden solicitar la prestación siempre que la incapacidad se hubiera producido durante la relación laboral. Las mujeres menores de 60 años y los hombres menores de 65, que no reúnan los 30 de años de aportes, pueden solicitar un Retiro Transitorio por Invalidez (RTI), cumpliendo el requisito de tener un grado de discapacidad física o intelectualmente igual o mayor a 66%.
Requisitos para obtener el RTI
- Tener una incapacidad física o intelectual total del 66% o más (este porcentaje lo define una junta médica que evalúa al paciente).
- No haber alcanzado la edad y los años de aportes establecidos para acceder a la jubilación ordinaria.
- Cumplir con la condición de "aportante regular" o "aportante irregular con derecho".
- DNI o constancia de DNI en trámite.
- Formulario PS.6.284 -DD.JJ, firmado por el titular.
- Original de estudios, diagnósticos y certificados médicos.
- Original de la nómina de los médicos que te asistieron y actualmente te asisten.
- Si contas con un dictamen de incapacidad por haber tenido un accidente laboral, tenés que adjuntarlo.
Cómo tramitar el RTI
- Reunir la documentación necesaria:
- Por Internet: ingresar a Atención Virtual con CUIL y clave de la Seguridad Social.
- En forma presencial: solicitar un turno en ANSES y presentar la documentación en la oficina consignada en el turno.
- ANSES dará inicio al trámite y dará en ese momento la fecha de audiencia en la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) a la que se debe concurrir.
- Una vez que la persona asista a la audiencia, el médico de la SRT emitirá un dictamen, que le llegará a ANSES mediante ventanilla electrónica y será la ANSES la que se encargue de notificar la resolución.
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