13 de diciembre 2025 - 08:15

Apoderado ANSES para Jubilados y Pensionados: cómo designar un representante para trámites y cobros

La organización recordó a sus afiliados jubilados y pensionados que pueden designar a un representante para trámites y cobros. Conocé como se realiza la gestión.

El calendario de pagos 2025 se resume este viernes 12 de diciembre. 

El calendario de pagos 2025 se resume este viernes 12 de diciembre. 

La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) recordó a aquellos jubilados y pensionados afiliados sobre el proceso para designar un representante para trámites y cobros. La designación aplica en los casos de aquellos beneficiarios que se encuentran imposibilitados para movilizarse, quienes también pueden designar un representante especial de forma temporal si así lo requieren.

El recordatorio llega a la par del resumen del calendario de pagos de diciembre 2025, que incluye un aumento del 2,34%, el bono extraordinario de $70.000 y la segunda cuota del aguinaldo. Dicho incremento es válido para las jubilaciones tanto mínimas como máximas, las Pensiones No Contributivas (PNC) y la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM).

Jubilados

Paso a paso para designar un apoderado familiar o un representante institucional

Para designar un apoderado familiar o representante institucional, primero se debe reunir la siguiente documentación, que varía según el tipo de apoderado a nombrar:

  • Familiar: DNI y documentación que acredite parentesco.
  • Conviviente Previsional: tenés que tener acreditada la relación como conviviente previsional.
  • Banco: Carta Poder (PS 6.4) firmado y sellado por autoridad bancaria.
  • Tutor/medida de Abrigo: sentencia judicial original y copia donde surja el nombramiento del tutor como representante legal del menor.
  • Curador/Apoyo: sentencia judicial original y copia donde surja el nombramiento del curador y en la misma se otorgue autorización para el cobro de jubilaciones o pensiones.
  • Abogado: credencial vigente.

Una vez que el titular cuente con la documentación requerida, los pasos a seguir son muy sencillos. Se debe reunir la documentación necesaria y, así, ya puede solicitar un turno a través de "mi ANSES", la página web, o de forma presencial, en cualquiera de las sedes del organismo.

Es importante remarcar que, si el elegido como apoderado es un familiar, no es necesario gestionar un turno previo. Sin embargo, se recomienda verificar que los datos del titular y los de su grupo familiar estén registrados y actualizados en "mi ANSES" para luego concurrir con DNI y la documentación que acredite el vínculo a la oficina de ANSES más cercana al domicilio.

Tipos de representantes: de familiares a entidades públicas o directores de establecimientos

Según su función, hay dos tipos de apoderados que se pueden designar. En ambos casos, el apoderado debe ser mayor a los 18 años de edad. Conocelos acá:

Apoderado para trámites

Podés designar como apoderado a un:

  • Familiar: cónyuge, conviviente previsional, madre/padre, abuelo, bisabuelo, hijo, nieto, bisnieto, tío, primo, hermano, sobrino, yerno, nuera, madrastra/padrastro, suegro, hijastro, cuñado.
  • Tutor o curador.
  • Abogado.
  • Representante diplomático o consular.

Apoderado para cobro

Podés designar como apoderado para cobro a:

  • Familiar: cónyuge, conviviente previsional, madre/padre, abuelo, bisabuelo, hijo, nieto, bisnieto, tío, primo, hermano, sobrino, yerno, nuera, madrastra/padrastro, suegro, hijastro, cuñado.
  • Un banco para el cobro de la jubilación o pensión si residís en el exterior.
  • Entidad pública nacional, provincial o municipal.
  • Director o administrador de hospitales, sanatorios, asilos o establecimientos similares públicos o privados.
  • Representante especial por tiempo determinado, cuando una persona se encuentre imposibilitada para movilizarse.
  • Mutual o institución de asistencia social.
  • Abogado o procurador con poder certificado ante escribano.

Opciones de Apoderados para Residentes en el Exterior y Personas Internadas

En el caso de las personas que se encuentren internadas en establecimientos, públicos o privados, como hospitales, sanatorios o asilos, podrán optar por un director o administrador del mismo.

Por otro lado, en caso de los residentes en el exterior, el poder puede otorgarse a un banco -que cuente con la opción giro al exterior – para cobrar jubilación o pensión. Las entidades habilitadas son el Banco de la Nación Argentina, Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Patagonia S.A., Credicoop Cooperativo Ltdo., Banco Piano S.A. y Banco Comafi S.A.

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