22 de julio 2025 - 09:00

ARCA confirmó la noticia que todos los monotributistas estaban esperando: no habrá aumentos hasta 2026

El organismo publicó los valores actualizados de ingresos brutos y cuotas mensuales para todas las categorías del régimen.

ARCA publicó la lista de categorías de mootributo actualizada para agosto.

ARCA publicó la lista de categorías de mootributo actualizada para agosto.

Mariano Fuchila

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) confirmó los nuevos valores que tendrán las categorías del régimen del monotributo. Estas obtendrán un aumento del 15,4%, ya que se les sumará el porcentaje de inflación acumulado durante el primer semestre del año.

Por otro lado, los monotributistas ya pueden acceder al trámite para realizar la recategorización del monotributo. Este es un proceso en el que cada contribuyente deberá analizar los gastos e ingresos que obtuvo durante los últimos 12 meses y modificar su escala en el régimen.

Escalas vigentes del monotributo

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con la actualización, estos serán los nuevos valores de las escalas del monotributo, que comenzarán a estar vigentes a partir de agosto:

Categoría A

  • Ingreso bruto: $8.992.597,87
  • Impuesto integrado: $4.182,60
  • Aporte previsional: $13.663,17
  • Obra social: $19.239,97
  • Total a pagar: $37.085,74

Categoría B

  • Ingreso bruto: $13.175.201,52
  • Impuesto integrado: $7.946,95
  • Aporte previsional: $15.029,49
  • Obra social: $19.239,97
  • Total a pagar: $42.216,41

Categoría C

  • Ingreso bruto: $18.473.166,15
  • Impuesto integrado: $13.663,17 (servicios) o $12.547,81 (comercio de bienes)
  • Aporte previsional: $16.532,44
  • Obra social: $19.239,97
  • Total a pagar: $49.435,58 en el caso de servicios y $48.320,22 para el comercio de bienes.

Categoría D

  • Ingreso bruto: $22.934.610,05
  • Impuesto integrado: $22.307,22 (servicios) y $20.773,60 (comercio de bienes)
  • Aporte previsional: $18.185,68
  • Obra social: $22.864,90
  • Total a pagar: $63.357,80 en el caso de servicios y $61.824,18 para el comercio de bienes.

Categoría E

  • Ingreso bruto: $26.977.793,60
  • Impuesto integrado: $41.826,04 (servicios) y $33.181,99 (comercio de bienes)
  • Aporte previsional: $20.004,25
  • Obra social: $27.884,02
  • Total a pagar: $89.714,31 en el caso de servicios y $81.070,26 para el comercio de bienes.

Categoría F

  • Ingreso bruto: $33.809.379,57
  • Impuesto integrado: $58.835,29 (servicios) y $43.220,24 (comercio de bienes)
  • Aporte previsional: $22.004,67
  • Obra social: $32.066,63
  • Total a pagar: $112.906,59 en el caso de servicios y $97.291,54 para el comercio de bienes.

Categoría G

  • Ingreso bruto: $40.431.835,35
  • Impuesto integrado: $107.074,65 (servicios) y $53.537,32 (comercio de bienes)
  • Aporte previsional: $30.806,54
  • Obra social: $34.576,19
  • Total a pagar: $172.457,38 en el caso de servicios y $118.920,05 para el comercio de bienes.

Categoría H

  • Ingreso bruto: $61.344.853,64
  • Impuesto integrado: $306.724,27 (servicios) y $153.362,13 (comercio de bienes)
  • Aporte previsional: $43.129,16
  • Obra social: $41.547,19
  • Total a pagar: $391.400,62 en el caso de servicios y $238.038,48 para el comercio de bienes.

Categoría I

  • Ingreso bruto: $68.664.410,05
  • Impuesto integrado: $609.963,03 (servicios) y $243.985,21 (comercio de bienes)
  • Aporte previsional: $60.380,82
  • Obra social: $51.306,61
  • Total a pagar: $721.650,46 en el caso de servicios y $355.672,64 para el comercio de bienes.

Categoría J

  • Ingreso bruto: $78.632.948,76
  • Impuesto integrado: $731.955,63 (servicios) y $292.782,26 (comercio de bienes)
  • Aporte previsional: $84.533,15
  • Obra social: $57.580,51
  • Total a pagar: $874.069,29 en el caso de servicios y $434.895,92 para el comercio de bienes.

Categoría K

  • Ingreso bruto: $94.805.682,90
  • Impuesto integrado: $1.024.737,89 (servicios) y $341.579,30 (comercio de bienes)
  • Aporte previsional: $118.346,41
  • Obra social: $65.806,30
  • Total a pagar: $1.208.890,60 en el caso de servicios y $525.732,01 para el comercio de bienes.

Cómo y cuándo hacer la recategorización

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Desde principios de este mes, los contribuyentes pueden gestionar la recategorización de monotributo. No obstante, tendrán tiempo para hacerla hasta el próximo 5 de agosto. Para poder recategorizarse, se deberán seguir estos pasos:

  1. Acceder al Portal Monotributo utilizando CUIT y clave fiscal.
  2. Una vez dentro, seleccionar la opción "Recategorización" haciendo clic en el botón "RECATEGORIZARME". Esta función está habilitada durante enero y julio porque son los únicos meses en los que los monotributistas pueden recategorizarse.
  3. El sistema mostrará la categoría actual junto con los límites establecidos para cada parámetro. Antes de continuar, se recomienda revisar las categorías vigentes para asegurarse de cuál corresponde. Para hacerlo, hacer click en "ESCALAS VIGENTES".
  4. Para avanzar con el trámite, seleccionar "CONTINUAR RECATEGORIZACIÓN" e ingresar el monto facturado en los últimos 12 meses.
  5. El sistema preguntará si se utilizará un local para llevar a cabo la actividad. Si la respuesta es "NO", hacer clic en "CONTINUAR". En caso de responder "SÍ", se deberá proporcionar los datos del establecimiento correspondiente.
  6. Por último, el sistema calculará y mostrará la categoría que corresponde según la información ingresada. Si se detecta algún error, utilizar el botón "VOLVER" para corregirlo; si los datos son correctos, hacer click en "CONFIRMAR CATEGORÍA".

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