Atención jubilados de IPS: confirman las fechas de pago de medio aguinaldo y haberes de junio

El organismo previsional bonaerense difundió el cronograma oficial para cobrar el Sueldo Anual Complementario y las prestaciones del sexto mes del año.

Los beneficiarios de IPS ya conocen la fecha para el cobro del Sueldo Anual Complementario.

Los beneficiarios de IPS ya conocen la fecha para el cobro del Sueldo Anual Complementario.

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El Instituto de Previsión Social (IPS) de la provincia de Buenos Aires confirmó el cronograma de pagos correspondiente a junio de 2026. Durante los últimos días hábiles del mes, los jubilados y pensionados percibirán tanto sus haberes mensuales como la primera cuota del aguinaldo.

La novedad genera expectativa porque el Sueldo Anual Complementario (SAC) representa un ingreso extra muy esperado por miles de beneficiarios, especialmente en un contexto en el que muchas familias destinan ese dinero a afrontar gastos de mitad de año, desde servicios hasta medicamentos o compras postergadas.

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El IPS confirmó las fechas de cobro del aguinaldo.

El IPS confirmó las fechas de cobro del aguinaldo.

IPS: cuándo se cobran los haberes de junio 2026 y el medio aguinaldo

El IPS informó que el medio aguinaldo se acreditará el lunes 29 de junio para todas las personas jubiladas y pensionadas de la provincia de Buenos Aires, sin importar la terminación del DNI. También alcanzará a quienes perciben pensiones sociales no contributivas.

En paralelo, los haberes correspondientes a junio se pagarán en dos jornadas, como ocurre habitualmente. El cronograma quedó establecido de la siguiente manera:

Lunes 29 de junio de 2026

  • Jubilaciones y pensiones con DNI terminados en 0, 1, 2 y 3.
  • Pensiones sociales no contributivas con todas las terminaciones de DNI (0 al 9).
  • Pago del medio aguinaldo (SAC proporcional) para jubilaciones, pensiones contributivas y pensiones sociales no contributivas.

Martes 30 de junio de 2026

  • Jubilaciones y pensiones con DNI terminados en 4, 5, 6, 7, 8 y 9.

El vencimiento del cobro por ventanilla será el 23 de julio de 2026. Quienes no retiren el dinero antes de esa fecha podrían tener que iniciar gestiones adicionales para acceder a los fondos pendientes.

Cabe aclarar que el aguinaldo corresponde al primer semestre del año y se calcula sobre la base de la mayor remuneración mensual percibida durante ese período. En algunos casos, el monto puede variar si la persona no completó los seis meses de cobro dentro del semestre.

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Ya se conocen las fechas de cobro del aguinaldo, son según el término del DNI.

Ya se conocen las fechas de cobro del aguinaldo, son según el término del DNI.

Cómo tramitar la jubilación en IPS y cuáles son los requisitos

Las personas afiliadas al Instituto de Previsión Social que cumplan las condiciones establecidas pueden iniciar el trámite de la jubilación ordinaria de manera presencial, solicitando un turno previo y presentando la documentación correspondiente. Entre los requisitos generales, el IPS establece:

  • Tener 60 años de edad las mujeres y 65 años los hombres.
  • Acreditar 35 años de servicios con aportes.
  • Cumplir con los períodos mínimos exigidos dentro del sistema previsional bonaerense.

El trámite requiere presentar documentación personal y laboral que permita verificar toda la historia previsional. Entre los documentos más habituales se encuentran:

  • Documento Nacional de Identidad vigente.
  • Certificaciones de servicios.
  • Constancias de aportes.
  • Formularios específicos solicitados por el organismo.
  • Información relacionada con los empleadores, en caso de corresponder.

El IPS señala que cada situación laboral puede presentar particularidades. Por ese motivo, antes de iniciar la gestión, resulta conveniente verificar que toda la documentación esté actualizada y completa. Un detalle faltante puede demorar varias semanas la resolución del expediente.

Otro aspecto a tener en cuenta es que el organismo cuenta con mecanismos para solicitar información complementaria si detecta inconsistencias en los aportes registrados o períodos laborales sin acreditar. En esos casos, la persona deberá presentar nuevos comprobantes o documentación respaldatoria.

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