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25 de junio 2026 - 13:45

Cambios en ANSES: amplían el programa para hacer trámites jubilatorios en el lugar de trabajo

Los cambios entraron en vigencia con la publicación oficial de la resolución, como parte de una estrategia orientada a incrementar la cobertura territorial.

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El organismo actualizaa su programa de trámites permitiendo incorporar nuevas asociaciones al sistema.

La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) introdujo modificaciones en uno de sus programas destinados a acercar servicios previsionales y de seguridad social a los trabajadores. La medida, oficializada mediante la Resolución 178/2026 publicada en el Boletín Oficial, incorpora nuevos beneficiarios y elimina una condición que limitaba el acceso de muchas organizaciones.

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La actualización extiende el alcance del programa "ANSES Va a Tu Trabajo" y suma nuevas entidades habilitadas para adherirse. La iniciativa funciona desde 2018 y busca que empleados puedan realizar distintos trámites, sin necesidad de asistir a una oficina del organismo. La normativa también incorpora a familiares directos de los trabajadores alcanzados por el esquema. Además, suma a organizaciones del tercer sector dentro del universo de instituciones que podrán solicitar su participación.

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Qué es "ANSES Va a Tu Trabajo" y cómo funciona el canal descentralizado

El programa opera como un sistema de atención descentralizada mediante modalidades presenciales y remotas. El esquema permite que los servicios del organismo lleguen directamente a los lugares de trabajo. Los empleados pueden realizar trámites previsionales y gestiones vinculadas con la seguridad social, sin trasladarse a una dependencia de ANSES. El mecanismo acerca la atención administrativa a los espacios laborales de todo el país.

La resolución señala que esta modalidad permite ampliar la atención al público dentro del territorio nacional. El organismo también busca reducir la demanda presencial que reciben sus oficinas. La medida apunta además a acelerar las gestiones que los usuarios desean efectuar. La descentralización constituye uno de los principales ejes del programa vigente desde 2018.

Otro cambio institucional incorporado por la norma involucra la administración del programa. La gestión queda asignada específicamente a la Dirección Central de Gestión y Soporte Operativo, dependencia que forma parte de la Dirección General de Prestaciones Centralizadas. La transferencia administrativa ya había sido comunicada durante abril mediante la Resolución 108/2026. La nueva disposición formaliza esa asignación dentro del funcionamiento del programa.

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Eliminación del cupo mínimo: ¿Quiénes pueden ingresar al programa ahora?

La principal modificación elimina el requisito que exigía un mínimo de 100 trabajadores para adherirse al programa. Esa condición estaba vigente desde la creación del esquema en 2018. La eliminación de ese límite habilita la incorporación de más entidades interesadas en acceder al servicio. La medida amplía el universo potencial de organizaciones que podrán solicitar su adhesión.

La normativa establece criterios para evaluar cada pedido de incorporación. ANSES considerará distintos aspectos antes de aprobar las solicitudes.

Entre los elementos de análisis figuran:

La resolución también establece una prioridad específica para organismos públicos. Las solicitudes provenientes de entidades estatales tendrán preferencia durante el proceso de evaluación.

Otro aspecto incorporado consiste en la creación de un mecanismo formal de comunicación. El programa contará con una dirección de correo electrónico destinada tanto a las solicitudes de adhesión como al intercambio de información entre las partes.

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El beneficio se extiende a las familias: cónyuges e hijos incluidos

La actualización incorpora de manera expresa a familiares directos de los trabajadores en relación de dependencia. Hasta ahora, ese grupo no formaba parte de los beneficiarios contemplados por el programa. La resolución incluye a los cónyuges de los empleados alcanzados. La medida también contempla a convivientes e hijos menores de 18 años.

La incorporación de familiares amplía el alcance de los servicios disponibles dentro del esquema descentralizado. El beneficio deja de limitarse exclusivamente al trabajador titular. La modificación busca extender la cobertura administrativa a integrantes del grupo familiar directo. El nuevo alcance figura expresamente dentro del texto de la Resolución 178/2026.

Por otra parte, la norma incorpora obligaciones operativas para las entidades adheridas. Cada organización deberá designar dos representantes técnicos para interactuar con los operadores de ANSES, entre ellos figura la designación de un operador de enlace para cada entidad participante. La administración deberá controlar y validar la documentación presentada. Asimismo, entregará una Clave de Seguridad Social Corporativa destinada exclusivamente a consultas sobre trabajadores asociados al CUIT del empleador.

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Resolución 178/2026: ¿Qué organizaciones del tercer sector quedan alcanzadas?

La normativa incorpora por primera vez a las organizaciones del tercer sector como entidades elegibles para participar del programa. El diseño original contemplaba únicamente empresas privadas, organismos estatales y entidades intermedias con representación gremial o sectorial.

La nueva regulación incorpora instituciones sin fines de lucro dentro del alcance del esquema. Esa ampliación constituye una de las principales novedades introducidas por la resolución.

Entre las organizaciones alcanzadas se encuentran:

La disposición aprueba además dos anexos que reemplazan la documentación original del programa. Uno de ellos corresponde al nuevo modelo de Convenio de Adhesión. El segundo documento establece las Condiciones Generales actualizadas que regirán para las entidades participantes. Ambas herramientas pasan a formar parte del marco operativo vigente.

La resolución incorpora pautas vinculadas con la protección de datos. Las partes deberán adoptar medidas técnicas y organizativas destinadas a evitar alteraciones, pérdidas o accesos no autorizados a la información. La normativa también reconoce validez probatoria a la información transmitida mediante mecanismos de firma electrónica definidos por ANSES. Ninguna de las partes podrá desconocer posteriormente esos registros o las firmas electrónicas utilizadas.

Por último, el convenio entrará en vigencia desde el momento de su suscripción y permanecerá activo mientras exista el programa. Cualquiera de las partes podrá rescindir el acuerdo de forma unilateral con un preaviso de 30 días. La finalización del convenio no afectará los trámites que ya se encuentren en curso.

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