La ley establece tres categorías para la licencia: distribución; comercialización de 8 a 23 horas y comercialización de 23 a 8.
Quienes no poseen el permiso e igualmente despachan bebidas alcohólicas sufrirán multas de 1.000 a 100.000 pesos, al tiempo que está prevista la clausura de comercios cuyos propietarios reincidan.
El ReBA ya lleva registrados a unos 40 mil comerciantes en la provincia de Buenos Aires desde que la ley que lo creó entró en vigencia el pasado mes de abril.
Los propietarios de los locales abarcados por la norma deben completar el trámite presentándose en los municipios con el DNI, la habilitación comercial y la última declaración jurada de impuestos.
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