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10 de octubre 2026 - 06:00

Devolución de IVA a turistas: ARCA actualizó los porcentajes de reintegro y comisiones

El esquema vigente establece dos tramos según el valor abonado y determina cuánto percibe el viajero y cuánto queda para la firma intermediaria.

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Las compras realizadas por turistas cuentan con requisitos específicos para acceder al régimen vigente.

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Las personas extranjeras que visitan la Argentina y realizan determinadas compras pueden acceder a un beneficio impositivo al salir del país. La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) actualizó la tabla que determina la distribución del monto entre el turista y las empresas que prestan el servicio conocido como Tax Free.

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El régimen contempla la devolución de parte del Impuesto al Valor Agregado incluido en adquisiciones de bienes producidos en territorio nacional, siempre que se cumplan las condiciones previstas por la normativa.

La medida fija dos categorías según el importe total de la operación, IVA incluido. Así, el porcentaje que recibe el visitante puede ser del 13% o del 14% del valor de compra.

Las compras realizadas por turistas cuentan con requisitos específicos para acceder al régimen vigente.

Qué establece la Disposición 10/2026 de ARCA en el Boletín Oficial

La Disposición 10/2026 fue sancionada el 1 de octubre y publicada cuatro días después en el Boletín Oficial. Su objetivo es aprobar una nueva tabla de comisiones para las empresas adjudicatarias que intervienen en las operaciones de devolución del IVA a turistas extranjeros.

La disposición también precisa que las empresas que prestan el servicio reciben una comisión cuyo porcentaje se establece en relación inversa con el monto total facturado. Dicho de manera sencilla: a mayor valor de compra, cambia la proporción que corresponde al intermediario y aumenta el porcentaje que percibe el turista.

El punto que conviene tener presente es que el porcentaje indicado no equivale al 21% completo del impuesto incluido en la operación. La normativa expresa el resultado como una proporción sobre el valor final de la compra y, en una columna adicional, muestra qué parte representa respecto del IVA del 21%.

Nueva escala de reintegros para turistas según el monto de compra

La nueva estructura contempla dos tramos. Para operaciones de $70 a $570.000, IVA incluido, el turista recibe un reintegro equivalente al 13% del valor total de la compra. En este segmento, ese 13% representa el 74,90% del IVA correspondiente a una alícuota del 21%. El porcentaje restante, 25,10%, corresponde a la comisión de las empresas contratistas.

El segundo tramo comienza en $570.001 y no establece un tope máximo. En esas operaciones, el turista recibe un 14% del valor de compra, mientras que ese porcentaje equivale al 80,67% del IVA del 21%. Para la compañía prestadora queda una comisión del 19,33%.

La escala también muestra un detalle que puede generar cierta confusión: 13% y 14% no son porcentajes del IVA, sino del valor de la compra con el impuesto incluido. La propia disposición incorpora la equivalencia respecto del IVA del 21% para dejar claro cómo se distribuye el gravamen recuperado.

Los comprobantes de compra cumplen un papel central al momento de realizar el trámite correspondiente.

Cuáles son las comisiones que cobrarán las empresas prestadoras de Tax Free

La actualización también fija cuánto pueden percibir las empresas adjudicatarias por gestionar el sistema. Para las compras de entre $70 y $570.000, la comisión queda establecida en 25,10% del IVA sujeto al régimen. En términos comparativos, el turista recibe el 74,90% de ese impuesto.

Cuando la operación supera los $570.000, la comisión disminuye al 19,33% del IVA, mientras que el visitante obtiene el 80,67% restante. La cuestión puede parecer técnica, pero tiene un efecto concreto para quien viaja: el monto final que recibe depende del tramo en el que encaje la compra y no únicamente de cuánto IVA figure en el comprobante.

A qué productos y consumos aplica el beneficio de devolución del IVA

El régimen alcanza a turistas del exterior que compren bienes gravados producidos en la Argentina y los trasladen fuera del país. Para acceder al beneficio, las adquisiciones deben realizarse en comercios adheridos al sistema Tax Free y superar los $70.

Al momento de comprar, el visitante debe acreditar su condición de turista extranjero mediante el pasaporte, documento de identidad o comprobante correspondiente. Además, el comercio debe emitir una factura o tique factura clase B y generar el cheque de reintegro correspondiente.

Un punto clave es que los productos importados quedan fuera del beneficio. ARCA indica que, cuando una operación contiene mercadería importada, esos productos deben facturarse por separado, ya que no generan derecho a la devolución.

El trámite tampoco termina en el comercio. Al momento de salir de la Argentina, el turista debe validar el reintegro en las terminales de autogestión disponibles. Si el sistema asigna el canal de selectividad rojo, deberá presentarse ante Aduana con la documentación requerida y con la mercadería alcanzada por el régimen.

El cheque de reintegro tiene una vigencia de seis meses desde su emisión. Además, la devolución puede ser rechazada si no se acredita la residencia en el exterior, existen diferencias entre la documentación y los datos registrados o no se presenta la mercadería cuando corresponde su control.

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