La Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES) comunicó que los programas que reemplazan al ex Potenciar Trabajo continua vigente para octubre. Se trata de dos líneas de cobro con el mismo montos que tienen condiciones diferentes. Ambas son exclusivas para aquellos que fueron titulares del potenciar trabajo.
Ex Potenciar Trabajo: cuándo se cobra el programa Volver al Trabajo en octubre 2025
ANSES confirmó la continuidad de las prestaciones que reemplazan el ex Potenciar Trabajo y ya se conocen las fechas en las que harán el depósito.
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Esta es la fecha en la que se cobra el ex Potenciar Trabajo en octubre 2025.
Las dos se cobran en un único día ya que el pago no se organiza por terminación del DNI como sucede con otras prestaciones. Una de las líneas de esta prestación se llama Acompañamiento Social y solo pretende asistir económicamente, ya que no exige ningún tipo de contraprestación.
Qué es Volver al Trabajo
Volver al Trabajo es otra de las líneas del programa que reemplaza al ex Potenciar Trabajo. A diferencia de Acompañamiento Social, esta sí solicita el cumplimiento de contraprestaciones, ya que su objetivo va más allá de solo asistir económicamente a los beneficiarios y pretende prepararlos para su eventual reinserción en el mercado laboral formal.
El programa ofrece los siguientes beneficios:
- Orientación y búsqueda laboral: asistencia personalizada para la inserción en el mundo del trabajo.
- Intermediación laboral: vinculación entre empleadores y personas que buscan empleo.
- Capacitación y certificación: formación profesional y validación de competencias laborales.
- Prácticas formativas: experiencias en ambientes de trabajo reales para adquirir habilidades.
- Promoción del empleo registrado e independiente: acciones que fomenten tanto el trabajo asalariado formal como el trabajo autogestionado.
- Fortalecimiento de unidades productivas: apoyo a proyectos autogestionados, ya sean individuales, asociativos o familiares.
- Terminalidad educativa: participación en programas educativos o equivalentes que promuevan el desarrollo de competencias básicas.
Las personas que participen en el programa deberán cumplir con las siguientes obligaciones:
- Actualizar su información personal: mantener al día los datos personales, vías de contacto y antecedentes laborales en el Portal Empleo.
- Participar activamente: asistir, por iniciativa propia o por convocatoria de la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, a las prestaciones que el programa ofrezca.
- Cumplir con la normativa: respetar las obligaciones establecidas en las disposiciones específicas de cada prestación.
- Presentar documentación: entregar toda la información o documentación que se les solicite en relación con su participación en el programa.
- Informar novedades: comunicar de inmediato cualquier situación que genere incompatibilidad con el beneficio.
- Reintegrar fondos indebidos: devolver las asignaciones dinerarias que hayan sido percibidas de manera incorrecta o no justificada.
Quiénes pueden acceder al ex Potenciar Trabajo
Podrán acceder al programa las personas que se encuentren en alguna de las siguientes situaciones:
Beneficiarios de asignaciones sociales:
- Quienes perciban la Asignación Universal por Hijo (AUH).
- Quienes perciban la Asignación Universal por Embarazo (AUE).
Beneficiarios de ayudas estatales:
- Personas que reciban prestaciones económicas o materiales de carácter habitacional o de protección familiar.
- Quienes perciban prestaciones alimentarias.
Trabajadores independientes o registrados:
- Personas inscriptas en el Monotributo Social o en la Categoría A del Monotributo.
- Trabajadores del Régimen Especial de Casas Particulares.
- Trabajadores rurales que realicen tareas temporarias o estacionales.
Personas con empleo formal posterior a su incorporación al programa:
- Quienes mantengan un vínculo de empleo público iniciado luego de su incorporación, con una remuneración bruta mensual que no supere los tres Salarios Mínimos, Vitales y Móviles.
- Quienes registren un empleo en el sector privado iniciado luego de su incorporación, también con una remuneración no superior a tres Salarios Mínimos, Vitales y Móviles.
- Quienes cuenten con empleo formal bajo relación de dependencia enmarcado en el Programa de Inserción Laboral. En este caso, no se aplica el límite máximo de tres Salarios Mínimos, Vitales y Móviles.
Monto de Volver al Trabajo en octubre 2025
Las personas beneficiarias del programa recibirán un monto mensual fijo y no remunerativo de $78.000. Esta prestación tiene carácter de apoyo económico, por lo que no constituye un salario, ni genera aportes o contribuciones de seguridad social. Su objetivo principal es brindar un acompañamiento económico que facilite la participación sostenida en las distintas acciones de formación, orientación e inserción laboral previstas por el programa.
El monto de este programa busca garantizar una base de ingresos que permita a los beneficiarios dedicar tiempo y esfuerzo a mejorar sus competencias laborales, completar su educación formal o fortalecer sus emprendimientos autogestionados. De esta manera, la asignación cumple un rol de impulso y contención, promoviendo la inclusión laboral y la construcción de trayectorias de empleo digno y registrado.
Cuándo cobro el programa Volver al Trabajo en octubre
La prestación se abonará el quinto día hábil de cada mes, en el caso de octubre esto fue el martes 7 de octubre. Este cronograma garantiza que todos los beneficiarios perciban el monto correspondiente de manera regular y en una fecha previsible, lo que permite una mejor organización de sus ingresos y gastos personales.
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