6 de febrero 2012 - 09:58
Indoamericano: sobreseen a 44 policías y una jueza por las muertes
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La toma se produjo a fines de 2010. (Foto de archivo)
A su vez, le critica al fiscal desechar la posibilidad de que las muertes hayan sido provocadas por armas "tumberas" en manos de civiles.
"Nada se ha investigado sobre la idea de una arma 'tumbera' o de fabricación casera, no se han solicitado allanamientos ni registros a las fincas ubicadas dentro de la villa 20, en las que, eventualmente pudieran haberse hallado elementos de interés, municiones o armas de fuego compatibles con aquellas que dispararan las postas de plomo extraídas a los cuerpos de las víctimas", sostuvo.
Y sobre ello, el juez estimó que "lamentablemente para la investigación no podrá saberse, nada se hizo al respecto, permanecieron inexplicadas aquellas circunstancias que no guardaban relación con la hipótesis de la autoría policial".
"La responsabilidad que pretende adjudicar el titular de la acción a quienes se hallaban a cargo del procedimiento descripto, representa una extensión desmesurada de la responsabilidad por el hecho propio", dijo el juez.
Aludió así al pedido del fiscal para indagar al comisario mayor de la Policía Metropolitana Ricardo Ferrón (de la División Operaciones Especiales); al comisario general de la Federal Roberto Agustín Palavecino; y al mayor Hugo Lompizano -estos últimos dados de baja de la fuerza-, entre otros.
Además, Otero aseguró que el fiscal justificó su teoría de la represión policial, entre otras cosas, en base a testimonios "contradictorios" como los del dirigente barrial Alejandro "Pitu" Salvatierra, quien esos días intermedió entre personal policial y los ocupantes del predio, y ahora es investigado por supuesto "organizador" de la usurpación.
"La explicación es sencilla, la información suministrada por Salvatierra, no sólo no comulga con las conclusiones a las que el dictamen fiscal pretendía arribar, sino que las contradice", concretamente sobre "la existencia de escopetas, incluso algunas de caño recortado -armas compatibles con aquellas que pudieron disparar las postas que terminaron con la vida de Salgueiro y Chura Puña-, es sencillamente inaceptable", aseguró Otero.
También consideró que la jueza Nazar se encuadró dentro de la ley por haber sido quien ordenó el desalojo ese 7 de diciembre presuntamente sin haber tomado recaudos.
"Los motivos que llevaron a la Juez Nazar a hacer lugar al desalojo del Parque Indoamericano, respondieron, evidentemente, a criterios de urgencia, verosimilitud del derecho y peligro en la demora, circunstancias éstas que imponen desde el punto de vista práctico mayor laxitud probatoria, pues de otro modo, resultaría sencillamente imposible disponer medidas de coersión en los albores de cualquier investigación penal", justificó Otero.
En un punto de su resolución, el juez ordenó la convocatoria de Prefectura Naval Argentina para hacerse cargo de la investigación y tratar de identificar a los autores materiales del hecho.
El fiscal de instrucción Abraldes cuenta con la posibilidad de apelar el fallo ante la Cámara del Crimen. Después de aquellos hechos del 7 de diciembre el parque volvió a ser ocupado por manifestantes al día siguiente, cuando se produjo una tercera muerte, aunque el dictamen del fiscal se circunscribió a lo ocurrido el primer día.




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