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15 de enero 2026 - 13:53

La Justicia falló a favor de un paciente por mala praxis y recibirá $15 millones

La Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial local resolvió confirmar la condena contra un médico por daños derivados en 2019.

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. La víctima denunció que nunca fue advertido sobre los riesgos de la práctica y que tampoco firmó un consentimiento informado.

La Cámara de Apelaciones de la ciudad de Pergamino condenó a un médico por daños derivados en una intervención médica en 2019. Debido a esto, el tribunal ordenó el pago de más de 15 millones de pesos en el marco de incapacidad y gastos, además de elevar a cinco millones la suma asignada por daño moral.

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El paciente había consultado en marzo de 2019 por dolores persistentes en la zona ciática, quien arrastraba molestias desde 2017 y había recibido un diagnóstico de síndrome piriforme con compromiso radicular lumbar leve. El cuadro fue ratificado por el médico, quien prescribió medicamentos y propuso un tratamiento de infiltración. La víctima denunció que nunca fue advertido sobre los riesgos de la práctica y que tampoco firmó un consentimiento informado.

Durante ese tiempo, el paciente experimentó de forma repentina una parálisis en el pie derecho y parte de la pierna, síntomas que se mantuvieron pese a las terapias posteriores, las cuales lo llevaron a un estado depresivo.

El fallo

El fallo de primera instancia consideró que existió una omisión en el cumplimiento del deber de informar, lo que vulneró el derecho del paciente a decidir sobre su salud. Según el juzgado, esto habilitó la condena tanto al profesional como a la aseguradora en los términos de la póliza vigente.

La cuantía de la indemnización incluyó 15.016.562,05 pesos por incapacidad sobreviniente y gastos, monto calculado en función de un porcentaje de incapacidad fijado por los peritos y el salario mínimo vital y móvil. Sin embargo, ambas partes apelaron. El paciente reclamó una valoración mayor de su incapacidad y un reconocimiento más alto del daño moral, mientras que la defensa del médico sostuvo que no existía nexo causal entre su accionar y los daños.

Por lo que, la Cámara revisó los argumentos y ratificó que la omisión de obtener el consentimiento informado resultó determinante. Los peritos consignaron que el paciente presentaba una lesión severa en el nervio ciático poplíteo externo, con secuelas motoras y sensitivas permanentes.

Por otra parte, el tribunal consideró que la indemnización por daño moral debía elevarse a cinco millones de pesos, ya que la falta de consentimiento informado no solo vulneró un deber profesional, sino que también afectó el derecho del paciente a decidir sobre su cuerpo y asumir riesgos de manera consciente.

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