Licencias de conducir: quiénes son las personas que están exentos de pagar el trámite

Para realizarla es necesario aprobar un examen teórico, práctico y una evaluación psicofísica, todo con un costo. ¿Quiénes no deben pagar?

Cuáles son los grupos que no deben abonar el trámite de la licencia de conducir

Cuáles son los grupos que no deben abonar el trámite de la licencia de conducir

El trámite para obtener la licencia de conducir es obligatorio ya que es un documento esencial para poder manejar todo tipo de vehículos de uso profesional o como medio de traslado particular, a lo largo y a la ancho de Argentina. Es fundamental para poder transitar las calles de las ciudades como así también indispensable para poder salir del país.

Para gestionar el trámite hay que presentarse con el DNI vigente, en caso de padecer alguna enfermedad llevar el certificado médico, los menores de 18 años tendrán que cumplir requisitos adicionales como estar acompañado por su tutor legal para firmar la autorización como responsables y presentar Partida de Nacimiento y los extranjeros también deben cumplir con requisitos adicionales como Certificado de residencia vigente con domicilio en CABA y DNI con el que fue tramitada la radicación.

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Reimpresión o renovación de tu Licencia de Conducir.

Reimpresión o renovación de tu Licencia de Conducir.

Cuánto cuesta el trámite por la licencia de conducir

Para gestionar la licencia de conducir en CABA es necesario abonar los distintos valores del trámite. Los mismos se pueden cancelar por medio de Pago fácil, Rapipago, Mercado Pago, portal de pago electrónico o ATM.

  • Costo de solicitud de licencia de conducir: $ 16.500
  • CeNAT: $ 3.080
  • Certificado de Legalidad: $ 4.710

Qué grupo no deberá pagar más el trámite de la licencia de conducir

Según la página oficial de la Ciudad, algunos grupos de conductores están exceptuados y no deberán pagar el costo del trámite para la licencia. Estos son:

  • Veteranos de Malvinas.
  • Las personas que hayan tramitado el certificado de pobreza (para clases profesionales).

Si el trámite a realizar es una renovación, renovación por robo o perdida, renovación por cambio de jurisdicción o canje, y tu único ingreso es una jubilación, o pensión, del régimen jubilatorio ordinario, cuyo monto bruto no supera el Salario Mínimo Vital y Móvil Vigente estarás exento del pago, para esto deberás presentar el último talón de haberes que lo certifique (original y copia): Debe contener el monto bruto, descuentos realizados, datos del titular y del beneficio. Ya en la sede deberás, además, suscribir una declaración jurada de que dicho haber, es el único percibido.

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