- ámbito
- Judiciales
Misterioso cambio de fallo pro piquetero
El benevolente fallo a favor de los piqueteros salió el 25 de octubre, pero cinco días antes circulaba otra versión con la firma de los camaristas que dice todo lo contrario. En esa frustrada sentencia se confirma el procesamiento de los piqueteros por coacción y su contenido muestra una enorme distancia de la valoración de la prueba.
Por caso, en uno de los párrafos sostienen: «Si bien el reclamo de trabajo de los encartados resulta perfectamente legítimo y lícito, la manera en que fue instrumentado-presentación en grupo numeroso, portación de elementos claramente intimidatorios como los palos incautados y la ocultación del rostro y la negativa de deponer su actitud hasta tanto se accediera a su petición- excede el campo de lo permitido y configura el delito de coacción».
Una interpretación diametralmente opuesta a lo escrito en la sentencia que sobreseyó a los piqueteros, que afirma: «La pregunta que debemos hacernos es establecer si la forma de actuar subsume algún tipo penal, porque lo que se puede ver en los videos recolectados si no fuera por provenir de quienes proviene, podría ser visto dentro de reclamos que hacen al derecho constitucional de huelga para exigir mejoras de la situación laboral, pero planteado por trabajadores desocupados se lo enfoca de otra manera».
Y remata: «En cierta manera, hasta se puede hablar de un derecho a huelga por exclusión, siendo una cuestión siempre conflictiva establecer cuándo se mantiene dentro de los canales legítimos y cuándo los excede».
¿Qué sucedió en esos cinco días? ¿Hubo, acaso, un detonante que modificó la óptica de los jueces? ¿O se trató de un simple borrador? Interrogantes con respuestas imprecisas y poco convincentes. Sobre todo, porque el «fallo» que confirmaba los procesamientos de primera instancia fue adelantado en Lexis Nexis, un prestigioso site de la Web especializado en temas jurídicos.
En procura de hallar un sentido lógico a lo ocurrido, este diario intentó obtener una explicación del camarista Barbarosch, pero el juez evitó una respuesta y le encomendó a un empleado decir que «no otorga entrevista».
Lexis Nexis dijo que se trató de «un error» al cargar un material que «no correspondía».
Lo curioso del caso es que el fallo que confirmaba los procesamientos llevaba la firma de los camaristas (no de puño y letra), y además, se especificaba: «Ante mí: Patricia Serraglia (secretaria de Cámara)».
Admitiendo la existencia de un error, lo ocurrido no deja de ser significante. Sobre todo, a partir de la «doctrina Boggiano» que instaló un nuevo concepto acerca de los cambios de opinión de los magistrados. Por ese mismo «error», el Congreso destituyó al juez supremo. Precisamente, el Senado le reprochó al juez haber cambiado el voto (en realidad, el proyecto de voto) en el caso Meller, lo que abrió las sospechas sobre el magistrado de haber emitido un voto interesado en esa causa.
En los tribunales, se afirma que no es común que se ventilen públicamente los borradores, como sucedió con la Sala I. Puede que la explicación, entonces, haya que buscarla en la teoría «zaffaroniana», que pudo haber tentado a los camaristas a tener otra visión sobre el accionar piquetero. Ya se sabe que Bruzzone es un fiel discípulo del juez supremo, desde que lo tenía como profesor.
Zaffaroni, como juez de la Corte Suprema, ha recibido a los piqueteros y les ha reiterado su posición contra la «criminalización de la protesta», que privilegia el derecho a la manifestación y al corte sobre el derecho de libre circulación. E incluso les aconsejó que planteen en la Justicia laboral sus reclamos sobre los planes sociales, porque más, que un subsidio, éstos tenían características de una contratación de facto, que no tenía seguridad social ni cobertura médica.


Dejá tu comentario