30 de mayo 2001 - 00:00

Preocupa ola de juicios previsionales

El gobierno detectó signos de reactivación de esa industria sin chimeneas que son los tradicionales juicios contra el Estado, ahora en la modalidad de reclamar por jubilaciones mal calculadas. Según un informe preliminar, los juicios al Estado en materia previsional alcanzan ya las 140 mil en diversos niveles de la Justicia. Preocupa mucho este nuevo agujero negro por la picardía que se atribuye a muchos de los patrocinantes (gestores, abogados). El Estado, siempre mal defendido, debía pagar promedio unos $ 8 mil por cada demanda. Ahora el hallazgo es discutir el cálculo original del haber, la mayoría en pasividades concedidas antes de 1992, cuando la informática era más primitiva y el trámite es más difícil de reconstruir. El promedio, como en toda modalidad corregida y aumentada, alarma más: el Estado se expone a pagar un monto mayor por cada demanda de $ 40 mil por actualización, retroactivos, intereses y multas. En un informe que se anuncia para los próximos días, el gobierno intentará instalar el debate como preámbulo de una movida para superar este drama financiero en dos frentes: o la Corte pone freno a esta ola de juicios como en 1997, o una nueva ley declarará prescriptos los reclamos sobre el monto original pasado un tiempo corto.

El gobierno dará a conocer en los próximos días un estudio que considera escalofriante sobre el recrudecimiento de la industria del juicio contra el Estado. Según un recuento global sobre el que trabajan técnicos de la ANSeS (sistema de jubilaciones), han reaparecido los juicios masivos contra el sistema según una nueva modalidad: discutir el cálculo del haber inicial del pasivo y reclamar sumas retroactivas, multas e intereses.

En la reunión del gabinete previsional de ayer en la Jefatura de Gabinete (desde donde Armando Caro Figueroa controla el área de seguridad social) adelantaron algunos números del aumento sorpresivo de la cantidad de juicios, calcados todos en la misma modalidad, que es diferente de la que se manifestó hasta 1996, cuando una acordada de la Corte Suprema de Justicia de la Nación cortó una anterior operatoria: la de litigar para la actualización del haber de acuerdo con el porcentaje respecto del sueldo en actividad (dijo en la causa «Chocobar» que la movilidad había terminado en 1991).

Trámite complejo

La cantidad de esos juicios supera ya los 140 mil y tienen todos un complejo trámite en el cual el Estado lleva las de perder. Un porcentaje de esos reclamos es un arrastre de la vieja modalidad de pedir la actualización del haber del pasivo a un porcentaje del sueldo en actividad, y el promedio de lo que el Estado puede llegar a pagar en estos casos está calculado en los $ 8 mil por cada reclamo.

La preocupación de los funcionarios que preparan este nuevo informe es que los juicios de nueva generación (discutir el cálculo del haber inicial) exponen al Tesoro al pago de un promedio de $ 40 mil por cada demanda.

La aparición de este nuevo agujero negro sobre el Presupuesto Nacional es el preámbulo de un proyecto de ley que persigue corregir el punto de apoyo de estas demandas. Hasta 1996 el reclamo clásico era pedir la actualización de la pasividad. La Corte llegó a frenar en ese año 100 mil juicios que pedían, de arranque, el resarcimiento del mítico 82% móvil. En la acordada de ese año el alto tribunal desmontó ese ardid encontrando un punto medio entre lo que se reclamaba y lo que pedía el gobierno de entonces (que se rechazasen las demandas).

Cuando Cavallo y Caro Figueroa reingresaron al gobierno (ahora con Fernando de la Rúa), pusieron el ojo en los números de los juicios previsionales y se sorprendieron al encontrarse frente a la repetición de la modalidad pero corregida y aumentada.

Juicios multiplicados

Los juicios se habían multiplicado de nuevo hasta llenar larguísimas listas con 14 mil demandas en trámite. Las presentadas desde 1996, desde ya, no se referían a la mejora del salario respecto del sueldo en actividad sino al cálculo del haber inicial. Se presentaron desde ese año miles de escritos discutiendo la cifra que le había calculado la ANSeS al jubilado. Para complicar más las cosas, la mayor parte de las demandas se remonta a jubilaciones concedidas antes de 1992, cuando la informática era más primitiva y es más difícil encontrar pruebas solventes de cómo y por qué se tomaba tal o cual decisión en el cálculo inicial de la jubilación.

Esa modalidad nueva inunda los juzgados y enfrenta al gobierno a otro vendaval de gastos: los quejosos reclaman que les aumenten el beneficio mensual, que les paguen lo no cobrado desde el primer mes, que esa diferencia se actualice desde esa fecha y que además los «astreintes» (multas) por el error cometido. Todo eso hace un paquete de $ 40 mil por cada uno de los reclamantes.

En este tipo de demandas el jubilado se recompensa con el cobro mensual del nuevo haber y los patrocinantes suelen resarcir sus padecimientos en Tribunales cobrando un porcentaje grande del monto pagado por intereses, multas y actualizaciones retroactivas.

El propósito del gobierno es hacer público el resultado de esta nueva auditoría la semana que viene incluyendo un detalle puntual de
cuánto le cuesta al Tesoro enfrentar esta nueva generación de juicios y encontrar algún remedio en la Justicia. Estos juicios son tramitados en la Justicia Previsional -fuero creado también con la reforma hace cinco años y que reemplazó en esta materia a los tribunales laborales-y se sentencian según una modalidad que dificulta además la defensa del Estado en los juicios. Las demandas y los tribunales se manejan con una fórmula polinómica que al final del juicio traduce una oficina de la ANSeS y que impide que los procesos sean interceptados por negociaciones extrajudiciales que podrían atajar los mayores costos de esta industria sin chimeneas.

El gobierno tiene dos caminos para superar esta remisión de los juicios previsionales masivos: 1) frenar el drenaje de fondos en la Corte Suprema, como ocurrió en la batalla anterior de 1996; 2) modificar la ley de forma que el cálculo del primer haber jubilatorio sea indiscutible después de un período corto abierto a impugnaciones. Es decir una ley que haga prescribir en poco tiempo cualquier derecho a reclamar una modificación de ese monto.

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