El paseo de compras Patio Bullrich, ubicado en el barrio porteño de Retiro, deberá indemnizar a una mujer que se cayó de una escalera mecánica 12 años atrás mientras circulaba por el centro comercial.
Un shopping deberá indemnizar a una mujer que se cayó en las escaleras mecánicas
La empresa IRSA, dueña del Patio Bullrich, deberá resarcir a la mujer con $3.680.000 tras un fallo de la Cámara Nacional de Apelaciones.
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El hecho ocurrió hace 12 años en el Patio Bullrich.
La pena fue sentenciada por la sala A de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, la cual obligó a IRSA a resarcir con una suma de dinero a la damnificada.
En su denuncia, la mujer señaló que mientras subía por unas escaleras mecánicas, sintió un “cimbronazo” que la desestabilizó e hizo que "rodara por la escalera cayendo bruscamente al suelo, lo que le provocó graves heridas". Además, detalló que a partir del incidente tuvo una reducción de la capacidad física y productiva a nivel individual.
El fallo contra el shopping
En un fallo que data de septiembre de 2023, la Justicia ya le había dado la razón a la denunciante, por lo que ahora fue ratificado por la Cámara Nacional de Apelaciones de Apelaciones en lo Civil.
Como el hecho ocurrió hace 12 años, la Justicia sumó los intereses de la suma que había pedido la víctima y las sesiones de kinesiología a las que acudió. Es por eso que IRSA, empresa dueña del shopping, deberá resarcir a la mujer con $3.680.000, a lo que deberá sumar otros intereses y costos del juicio.
La empresa había desestimado que La Ley del Defensa del Consumidor aplicara en este caso, debido a que la denunciante porque no había comprado dentro del shopping. Sin embargo, la Justicia no dio lugar a ello.
El fallo detalló: "Es evidente que en el caso entre demandante y demandado existió una ‘relación de consumo’ -cuyo origen legal se vislumbra en las previsiones de la ley 24.240 de Defensa del Consumidor, actualmente modificada por ley 26.361- protegida por el artículo 42 de la Constitución Nacional, que generó para la demandada una obligación de seguridad dada por la necesidad de mantener en buen estado el lugar de compras, que se refleja en una responsabilidad objetiva, de la que sólo puede liberarse acreditando la causa ajena”.
En la investigación, se examinó el estado de la escalera mecánica involucrada en el accidente. Para ello, la empresa responsable del mantenimiento presentó los informes pertinentes de las inspecciones y un representante técnico de OTIS S.A aseguró que el artefacto estaba en buenas condiciones, aunque no descartó que pudieran haber ciertas fallas por momentos.
Además, un ingeniero analizó que la mujer podría haber sufrido un desbalance provocado por la escalera mecánica por suciedad o desgaste.
Por su parte, el médico que revisó a la mujer declaró que la mujer sufre una limitación funcional de la columna cervical, del hombro derecho y de la cadera derecha.
Si bien la sala A no señaló que IRSA haya sido directamente responsable, lo sentenció una indemnización por el daño que sufrió la mujer dentro de las instalaciones.
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