GANANCIAS
RG 4.988 (AFIP)
RG 4.988 (AFIP)
(BO 14/5/21)
Declaraciones juradas. Presentación y pago. Personas jurídicas. Vencimiento. Prórroga.
La Administración Federal de Ingresos Públicos dispuso que los contribuyentes y/o responsables comprendidos en la RG 4.626, cuyos cierres de ejercicio operaron en el mes de diciembre de 2020, podrán efectuar la presentación de la declaración jurada y el pago del saldo resultante, correspondientes al período fiscal 2020, hasta las siguientes fechas:
CUIT: 0 a 4 el 26/5/21
CUIT: 5 a 9 el 27/5/21
INCENTIVOS
FISCALES
RG 4.989 (AFIP)
(BO 14/5/21)
Régimen de Incentivo a la Construcción. Ley 27.613. Cuentas CECON.Ar. Entidades financieras. Información.
El BCRA en su Comunicación “A” 7269 dispuso que los bancos comerciales de primer grado deban abrir las “Cuentas Especiales de Depósito y Cancelación para la Construcción Argentina (CECON.Ar). Ley 27.613”, a nombre y a la orden exclusiva de las personas humanas, sucesiones indivisas o sujetos del art. 53, residentes en el país, de acuerdo a lo regulado por dicha ley, el Dto.244/21 y a lo dispuesto por la AFIP. También estableció que las entidades financieras deberán informar a la AFIP los débitos y créditos de esas cuentas, cuando los fondos depositados se afecten a la compra de títulos públicos nacionales o se vendan en el mercado libre de cambio
Por otra parte el Título I de la RG 4.298, dispuso un régimen de información a cargo de las entidades financieras, razón por la cual se readecua el mismo a fin de receptar la información antes citada.
Rige desde el 14 de mayo de 2021 y será de aplicación para la información referida a las cuentas citadas que sean hayan abierto a partir de la publicación oficial de la Comunicación del BCRA. A tales efectos, la información correspondiente al mes de abril de 2021, podrá ser presentada hasta el último día hábil del mes de junio de 2021.
RG 4.986(AFIP)
(BO 12/5/21)
Controladores fiscales. Homologación.
La RG 4986 homologó, de acuerdo con la RG 3.561 un controlador fiscal de nueva tecnología y sus documentos fiscales homologados.
RG 4.991 (AFIP)
(BO 17/5/21)
Solicitud de inscripción.
Personas jurídicas. Procedimiento digital unificado.
La AFIP instrumentó un nuevo servicio web para las personas jurídicas que unifica la solicitud de la CUIT, la inscripción en los distintos impuestos, la modificación de los datos y la obtención del Domicilio Fiscal Electrónico.
Los trámites, que antes debían hacerse por separado, podrán realizarse mediante el servicio “Inscripción y modificación de personas jurídicas”, al que se
accede desde el sitio del organismo con clave fiscal nivel de seguridad 3.
Se derogan las RG 2.337 y 4.810, y entró en vigencia el 18 de mayo de 2021. Las sociedades, asociaciones y demás personas jurídicas y sujetos indicados en los incisos b) y c) del artículo 5º de la Ley 11.683, a los fines de solicitar la inscripción y/o modificación de datos deberán observar las nuevas disposiciones siempre que no se encuentren alcanzados por las previsiones de otras normas de inscripción específicas.
RG 4.992 (AFIP)
(BO 17/5/21)
Facilidades de pago. Sectores críticos. Acceso. Condiciones. Mejoras.
Se suspende hasta el 31/8/21 la aplicación de la condición establecida en el segundo párrafo del inc. b) del art. 11 de la RG 4.268, para los contribuyentes que al 19/4/21 o a la fecha de la solicitud de adhesión al plan, registraran como actividad principal -según el F 883-, alguna de las consignadas como “sectores críticos”, en el Anexo I de la Resolución 938/20 (MTESS). La nómina podrá ser consultada accediendo al micrositio Medidas de Alivio. Asimismo se modifica la RG 4.268 ampliando el plazo de adhesión al plan de pagos hasta el 31/8/21.
R.H.F.
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