•~17:20 hs: NIEGAN OFICIALIZACIÓN DE LISTA INTEGRADA SÓLO POR MUJERES Rechazó el conjuez federal Carlos Tocagni la nómina de candidatos a diputados nacionales por Tierra del Fuego de Acción por la República. La resolución se funda en que la lista partidaria estaba conformada sólo por mujeres y las dos bancas que se renuevan deben ser ocupadas por personas de distinto sexo.
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Las militantes de Tierra del Fuego de Acción por la República sufrieron un revés judicial debido a la decisión de un juez de rechazar la oficialización de la lista partidaria de candidatos a diputados para octubre porque estaba conformada solamente por mujeres. En Tierra del Fuego, el partido que lidera el ministro de Economía, Domingo Cavallo, había presentado para las elecciones nacional de octubre próximo una lista de candidatos a diputados integrada únicamente por mujeres.
Esta lista no fue oficializada por el conjuez federal Carlos Tocagni, quien resolvió que "dicha nómina debe adecuarse a lo dispuesto en el artículo 4 del decreto nacional 1246/2000". El artículo 4 de este decreto reglamenta la conformación de las listas en función de la ley 24.012, llamada de Cupo Femenino, y establece que en caso de que se renueven dos cargos, como es el caso de Tierra del Fuego, los dos primeros lugares deben estar integrados con personas del sexo opuesto.
En cambio, el mismo artículo establece en uno de sus párrafos que "cuando se renovaren más de dos cargos, debe figurar una mujer, como mínimo, en alguno de los tres primeros lugares", sin mencionar la necesidad de que la lista sea completada ni en qué lugar deben ubicarse los hombres. En Tierra del Fuego este año se renovarán dos bancas de diputados nacionales porque vencen los mandatos de Mario Ferreyra, del Partido Justicialista; y de Ernesto Loffler, del Movimiento Popular Fueguino (MOPOFU). Desde Acción por la República, el diputado nacional Marcelo Dragán, apoderado del partido en Tierra del Fuego, elevó un recurso de apelación contra la resolución del juez.
Según Dragán, la ley de cupo femenino, 24.012, establece y garantiza en las listas un mínimo del 30 por ciento y "toda la jurisprudencia de la Cámara Nacional Electoral, dejó claro que se trataba de un piso mínimo, no de un tope". Dragán afirmó que se conformó una lista integrada por mujeres para "impulsar la presencia femenina de Tierra del Fuego dado que los actuales legisladores nacionales de esa provincia son todos hombres".
En la apelación, Dragán solicitó que se "declare la inconstitucionalidad del decreto 1246/00 para este caso o subsidiariamente del artículo 4 del mismo". El constitucionalista Jorge Vanossi explicó que, según la ley de Cupo Femenino, "no hay un impedimento legal ni constitucional" para la oficialización de la lista de candidatas a diputadas de Acción por la República en Tierra del Fuego. "No sería discriminatorio porque dentro de la ley cada partido puede hacer lo que la ley le permita", remarcó Vanossi, en diálogo con Télam.
Sin embrago, el constitucionalista explicó que en legislaciones "más modernas", se establece que "no puede haber más de un cierto porcentaje de un mismo género". Por ejemplo, el estatuto de la ciudad de Buenos Aires dispone para elecciones en este distrito en uno de los párrafos del artículo 36 que "las listas de candidatos a cargos electivos no pueden incluir más del 70 por ciento de personas del mismo sexo con probabilidades de resultar electas". "Tampoco puede incluir a tres personas de un mismo sexo en orden consecutivo", precisa el artículo 36 del Estatuto de la ciudad de Buenos Aires.
Vanossi explicó que debido a que las elecciones de octubre "son nacionales se deben regir por leyes nacional" y, en ese sentido, opinó que "la Ley de Cupo Femenino fue un avance en su momento pero no es perfecta". "Se puede hacer una lista completa de mujeres si se renuevan más de dos cargos", agregó el especialista, quien, sin embargo, reconoció que "esta es la primera vez que sucede" que se presenta una lista integramente conformada por muejeres
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