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Visto la aceptación de la renuncia elevada por el doctor Adolfo Rodríguez Saá, por parte de esta Asamblea Legislativa y la ley 20.972 de Acefalía y considerando que el artículo 88 de la Constitución Nacional establece que ante la renuncia del presidente de la República y cumpliéndose el supuesto establecido en el párrafo 2) del citado artículo, el Congreso determinará qué funcionario público ha de desempeñar la Presidencia hasta que un nuevo presidente sea electo; que de conformidad con lo establecido en la ley 20.972, artículo 2, la elección será efectuada por el Congreso de la Nación en asamblea que convocará y presidirá quien ejerza la presidencia del Senado; que se configuran los supuestos establecidos en el artículo 4 de la ley 20.972, de acefalía; que en razón de encontrar vacantes ambos cargos debe procederse conforme lo establecen los artículos 88 de la Constitución Nacional y 2 de la ley 20.972 de acefalía, corresponde se elija al ciudadano que desempeñará el cargo de presidente de la Nación Argentina, que existe consenso suficiente para que el cargo de presidente de la Nación Argentina sea ejercido por el actual senador nacional por la provincia de Buenos Aires, doctor Eduardo Alberto Duhalde. El mandato del presidente elegido por la asamblea para ejercer el Poder Ejecutivo nacional vencerá en forma automática y de pleno derecho el 10 de diciembre de 2003.
Por lo expuesto y en ejercicio de las atribuciones que la Constitución Nacional le confiere, la Honorable Cámara de Diputados y la Honorable Cámara de Senadores de la Nación reunidas en Asamblea Legislativa sancionan:
Artículo 1. -- Desígnase presidente de la Nación Argentina al ciudadano doctor Eduardo Alberto Duhalde
Artículo 2. -- El presidente designado tendrá mandato hasta el día 10 de diciembre de 2003.
Artículo 3. -- Derógase los artículos 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 23 y 24 de la resolución DR 989/2001 dictada por la Asamblea Legislativa del 23 de diciembre de 2001.
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