Cámara baja aprobó un nuevo régimen para designar jueces subrogantes
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La iniciativa legislativa también otorga al Consejo la facultad de confeccionar las listas de conjueces, a fin de que el Poder Ejecutivo, con acuerdo del mencionado cuerpo parlamentario, proceda a su selección conforme con la Constitución.
Respecto al modo de designación de los jueces subrogantes, propone dotar a las Cámaras competentes de un modo de selección de los mismos en cumplimento de las normas constitucionales.
Entre los aspectos más relevantes, confiere a las Cámaras competentes de las "herramientas necesarias para que procedan a la designación de los jueces subrogantes", según se precisó.
En lo relativo a los jueces de Primera Instancia y Tribunales Orales, el proyecto prioriza que la vacante sea cubierta por un juez de igual grado y competencia, siempre y cuando los juzgados de los que resulten titulares no registren atrasos significativos".
En cuanto a los casos en los cuales no es posible cubrir transitoriamente la vacante con jueces de igual grado y competencia, establece mecanismos de designación de conjueces y, por otro lado, determina mecanismos para conformar las listas de conjueces con aspirantes que ya hayan concursado, siempre que hubieran obtenido un resultado adecuado.



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