La difícil convivencia de la Ley de drogas y la de Cannabis Medicinal, los límites de la autonomía para decidir sobre la salud de los hijos y la bioseguridad aplicada a la elaboración casera de aceites fueron algunos de los temas tratados ayer en la audiencia pública convocada por la Corte Suprema antes de pronunciarse sobre la despenalización del autocultivo con fines medicinales.
Audiencia pública de la Corte antes de resolver autocultivo de Cannabis
Ajeno a la discusión por su ampliación, tribunal escuchó a las partes antes de definir un caso de alta incidencia social.
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La audiencia estuvo dedicada al recurso presentado por integrantes de la asociación civil rosarina Madres Cannabis Medicinal (Macame) ante el revés obtenido en la Cámara Federal de Rosario, a la que acudieron en representación de sus hijos solicitando que se despenalice completamente el autocultivo de cannabis con fines medicinales para tratar las afecciones que ellos padecen.
Durante la audiencia, que se prolongó por más de tres horas, invocaron sus argumentos cuatro de los veinte amigos del tribunal: el Instituto de Derecho Constitucional del Colegio de Abogados de Santa Fe y el CELS en apoyo a las demandantes; la Asociación Civil Fe y Esperanza Papis Adicciones en contra; y el Laboratorio Industrial Farmacéutico Sociedad de Estado de Santa Fe sin asumir una postura. Con idéntico requisito de 8 minutos de alocución, expusieron representantes de la Defensoría General de la Nación -a favor de las autocultivadoras- y el Ministerio Público Fiscal de la Nación -en contra-; además de las partes, es decir, Macame y el Ministerio de Salud.
Marcela Wuethrich, del Colegio de Abogados de la Ciudad de Santa Fe, planteó que las peticionantes son “madres de niños, niñas y adolescentes (NNyA) con gravísimas afecciones en la salud que procuran obtener por sus propios medios y de forma casera el aceite de cannabis, pese a lo cual la ley penal aún tipifica como reprochable dicha conducta” que penan el cultivo, el suministro gratuito y la tenencia de sustancias consideradas estupefacientes.
Posteriormente, Edith Dacal, de la asociación Fe y Esperanza Papis Adicciones, evaluó que “las mamás buscan mejorar la calidad de vida, pero no cumplen con los requisitos de seguridad y eficacia que se requiere al hablar de un fármaco, algo importantísimo en relación a las patologías severas a las que se aplica este producto artesanal”, dijo antes de solicitar a los jueces el rechazo del recurso.
Paula Livachky, directora del CELS, argumentó en sentido contrario, y dijo que lo que está en discusión es “la autonomía de las personas y la igualdad en el acceso a tratamientos médicos a través de la correcta interpretación del alcance del consentimiento libre e informado de personas con discapacidad”.
Por su parte, el procurador interino Eduardo Casal afirmó que la nueva reglamentación 2020 de la Ley de Cannabis Medicinal posterior a la presentación del amparo “asegura el acceso al tratamiento y la gratuidad de la provisión de sus derivados”, pero también “autoriza el autocultivo de cannabis con fines medicinales dejando a cubierto esta actividad de la ley de drogas”, razón por lo cual quedan en abstracto los reclamos de las demandantes. “El cultivo de estupefacientes con fines medicinales debe ser autorizado pero también adecuadamente controlado por el Estado”, dijo al pronunciarse contra las amparistas.
Para el director de asuntos judiciales del Ministerio de Salud, Gaspar Uriel Tizio, las integrantes de Macame “no han probado la incapacidad real de acceder al cannabis y una efectiva persecución penal”.
Por último, el representante legal de las madres, Domingo Rondina, aseguró que “se ha demostrado en el expediente que no hay riesgo en los preparados caseros de la planta de cannabis, y sí muchos beneficios”. En ese sentido, remarcó que “en el expediente no se presentó ningún informe científico” que demuestre lo contrario, sencillamente “porque no lo hay”, y que el autocultivo con fines medicinales por fuera del Reprocann no debe ser criminalizado porque “no provoca daños a terceros”.
Por otro lado, aseguró que el preparado que las madres realizan “no es estupefaciente porque no se trabaja con calor”, y por eso “no es diferente el encuadre de este caso al de una familia que cultiva en su casa valeriana, aloe vera, melisa, tilo y luego preparan un té con esa planta” concluyó. Mientras el Congreso pretende poner en discusión la ampliación de la Corte, el tribunal aprovechó para mostrar el tratamiento de un caso de alta incidencia social que estaba en su agenda de audiencias públicas.
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