16 de julio 2026 - 17:52

Casación confirmó el rechazo a la prisión domiciliaria de Lázaro Báez

0La decisión fue adoptada por mayoría en la Sala IV. Dos jueces respaldaron el fallo de primera instancia y uno consideró que debía concederse el beneficio.

Casación confirmó el rechazo a la prisión domiciliaria de Lázaro Báez.

Casación confirmó el rechazo a la prisión domiciliaria de Lázaro Báez.

Imagen: Wikipedia

La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal resolvió, por mayoría, rechazar el recurso presentado por la defensa de Lázaro Antonio Báez y confirmar la denegatoria de su pedido de prisión domiciliaria.

La postura mayoritaria, integrada por los jueces Javier Carbajo y Gustavo Hornos, confirmó el pronunciamiento del juez de ejecución que había rechazado el pedido y consideró que no se verifican, al momento, circunstancias que justifiquen la morigeración del régimen de detención.

Los magistrados entendieron que las patologías crónicas que presenta el condenado se encuentran bajo tratamiento y son adecuadamente atendidas en el Complejo Penitenciario Federal I de Ezeiza, bajo un riguroso control judicial, sin que la defensa haya acreditado una imposibilidad de asistencia médica intramuros ni un menoscabo a la vida o integridad personal de Báez.

La decisión fue adoptada por mayoría en la Sala IV. Dos jueces respaldaron el fallo de primera instancia y uno consideró que debía concederse el beneficio.

La decisión fue adoptada por mayoría en la Sala IV. Dos jueces respaldaron el fallo de primera instancia y uno consideró que debía concederse el beneficio.

Disidencia del camarista Borinsky

El voto minoritario del juez Mariano Borinsky sostuvo, en cambio, que correspondía hacer lugar al recurso, revocar la decisión recurrida y conceder la prisión domiciliaria.

Ponderó la edad del condenado (70 años cumplidos) y el cúmulo de patologías crónicas que padece, y consideró que la atención médica brindada por el Servicio Penitenciario Federal había resultado reactiva y tardía, en una modalidad incompatible con los fines constitucionales de la pena.

En esa línea, valoró como circunstancia sobreviniente que en un reciente estudio endoscópico se detectó y extrajo una nueva lesión en el colon, así como una posterior recomendación médica de internación.

Además, la disidencia tuvo especialmente en cuenta los derechos de los dos menores que integran el núcleo familiar del condenado, resaltando la necesidad de resguardar el interés superior del niño, conforme lo establece la Convención sobre los Derechos del Niño.

Ponderó, en ese sentido, que la madre de los niños atraviesa un proceso oncológico y que la red de apoyo familiar se ha visto reducida, por lo que el cumplimiento de la pena en modalidad domiciliaria, bajo estrictos controles, permitiría una mejor protección de esos derechos sin afectar los fines de la sanción penal.

De esa forma, el magistrado mantuvo su criterio sobre la necesidad de admitir la prisión domiciliaria, postura que ya había fijado en anteriores intervenciones en el caso (resoluciones de fechas 29/9/25, 8/1/26 y 12/6/26).

Como consecuencia de la resolución adoptada por la Casación Penal, Lázaro Báez continuará cumpliendo su condena en un establecimiento penitenciario.

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