31 de mayo 2016 - 21:30

Clínicas bonaerenses piden acceder a tarifa social de luz y gas

La Federación de Clínicas de la provincia de Buenos Aires (Fecliba) reclamó ser incluida en la tarifa social de luz y gas para persistir ante los incrementos en las facturas de esos servicios.

"Asistimos en un 90% a la seguridad social, IOMA, PAMI y todas las mutuales nacionales, si nuestro sector cae y hay cierres, ¿quién atenderá a la población?", se preguntó el presidente de la organización, Héctor Vazzano. "No recibimos ningún subsidio o beneficio de esa índole, lo que hace inviable afrontar los aumentos y seguir atendiendo", remarcó.

"Apelamos a las autoridades provinciales y nacionales para que nos atiendan, y se nos considere dentro de aquellos que deben recibir una 'tarifa social', expresó en declaraciones periodísticas el titular de la entidad que nuclea a los sanatorios bonaerenses.

• Fallo ordenó convocar a audiencia pública para revaluar nuevas tarifas del gas

El juez Alberto Osvaldo Recondo, titular del Juzgado en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo Federal N° 4 de La Plata, ordenó al Ministerio de Energía y Minería de la Nación que convoque en un plazo de 20 días a una audiencia pública para tratar "con amplia participación ciudadana" las nuevas tarifas públicas del gas natural. Lo hizo al rechazar un pedido de medida cautelar solicitada por una ONG tendiente a obtener la suspensión de las Resoluciones Nº 28/2016 y 31/2016 de dicho ministerio, así como de la normativa dictada en su consecuencia.

El reclamo fue hecho por el Centro de Estudios para la Promoción de la Igualdad y la Solidaridad, a la que se sumaron luego usuarios particulares, pero el juez adujo que su función es "juzgar y no dictar normas administrativas" propias del Poder Ejecutivo. Pese a ello, ordenó al ministerio que convoque "con amplia difusión en los medios nacionales (además del Boletín Oficial)" a audiencia pública "para todos los usuarios y consumidores y asociaciones que los nuclean".

La audiencia, agregó, se regirá por el procedimiento reglado por el Decreto PEN 1172/2003, debiendo convocarse para ser realizada en el plazo de 20 días desde que su sentencia "adquiera firmeza" y "bajo apercibimiento de disponerse la suspensión de la normativa antes aludida hasta tanto se dé cumplimiento con el referido mecanismo de participación ciudadana.

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