Hoy, domingo 18 de mayo, se llevan a cabo las elecciones legislativas en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en las que se elegirán 30 legisladores y 105 miembros de las Juntas Comunales (comuneros), quienes asumirán sus cargos el próximo 10 de diciembre.
Elecciones en CABA 2025: quiénes pueden votar hoy
Los ciudadanos de la Ciudad de Buenos Aires asisten a las urnas para votar por 30 representantes legislativos y 105 integrantes de las Juntas Comunales. Es la primera jornada electoral del año en este distrito.
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Hay 2.526.676 personas habilitadas para votar.
Este año, más de 2,5 millones de ciudadanos estarán habilitados para votar en CABA. En total, son 2.526.676 los empadronados que deberán renovar la mitad de la Legislatura porteña: 30 de los 60 legisladores que integran el cuerpo.
Este año, más de 2,5 millones de ciudadanos están habilitados para votar en la ciudad. En total, son 2.526.676 las personas empadronadas que deberán participar en la renovación de la mitad de la Legislatura porteña, es decir, 30 de los 60 legisladores que integran el cuerpo unicameral.
Cómo averiguar dónde voto
Ya está disponible el padrón electoral definitivo, el cual permite a los ciudadanos consultar el lugar de votación asignado, la mesa correspondiente y su número de orden. Esta información se puede verificar en el sitio web oficial del Tribunal Electoral de la CABA o mediante la app móvil desarrollada para este fin.
Para averigua el establecimiento donde se debe efectuar la votación, hay que ingresar al padrón y cargar los datos que se solicitan, como el DNI y el distrito.
Una vez volcada la información necesaria, el sitio oficial de la Justicia Electoral brindará las especificaciones de la sede a la que cada ciudadano debe acercarse para votar.
Quiénes están habilitados para votar en las elecciones de CABA 2025
En los comicios legislativos de la Ciudad de Buenos Aires, el derecho a votar se extiende tanto a los ciudadanos argentinos como a los extranjeros con residencia legal, siempre que cumplan con los criterios estipulados por el Código Electoral porteño.
Podrán participar del proceso electoral:
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Ciudadanos argentinos desde los 16 años de edad, siempre que tengan residencia permanente en la ciudad y estén registrados con domicilio en CABA. Además, no deben estar legalmente inhabilitados. En el caso de los ciudadanos naturalizados, el derecho al voto se habilita a partir de los 18 años.
Ciudadanos extranjeros desde los 16 años, con residencia permanente en el país. Es necesario contar con un DNI extranjero con domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, figurar en el padrón electoral y no tener ninguna restricción legal que impida votar.
También se permite el voto de personas detenidas, siempre y cuando estén incluidas en el padrón correspondiente y su domicilio declarado sea en CABA.
Qué pasa si no voto
Emitir el voto es un deber cívico para todos los ciudadanos habilitados. No asistir sin una justificación válida puede derivar en sanciones económicas y otras penalidades, las cuales dependen del historial del votante.
Las multas oscilan entre los $1.000 y $2.000, de acuerdo con la cantidad de infracciones anteriores registradas en el Registro de Infractores de la Cámara Nacional Electoral. Además, en ciertos casos, la autoridad correspondiente puede imponer la realización de tareas comunitarias por un período máximo de tres días.
También se aplica una sanción adicional a aquellas personas que hayan sido designadas como autoridades de mesa y no se presenten a cumplir con su responsabilidad.
Motivos aceptados para justificar la inasistencia
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Estar a más de 500 kilómetros del lugar de votación: es necesario presentar una constancia emitida por una comisaría o autoridad oficial.
Problemas de salud o situaciones de fuerza mayor: se debe presentar un certificado médico válido.
Cumplimiento de tareas esenciales durante la jornada electoral: el empleador debe informar al Tribunal Electoral con al menos 72 horas de anticipación.
Desempeño como fiscal o personal electoral en otra mesa: se requiere una acreditación formal que lo respalde.
Cuáles son los documentos solicitantes para votar
- DNI tarjeta, incluso si contiene la leyenda “no válido para votar”
- DNI libreta celeste o libreta verde
- Libreta cívica
- Libreta de enrolamiento
Oficialmente, se recomienda asistir a la mesa de votación con el mismo documento que figura en el padrón, o con uno más actualizado, pero nunca con uno anterior. El DNI debe presentarse en su versión física (tarjeta) y no en su versión digital.
Elecciones 2025 sin PASO y con Boleta Única Electrónica
En esta ocasión, no habrá elecciones Primarias Abiertas Simultáneas y Obligatorias (PASO) en la Ciudad. Además, como ya ocurrió en votaciones anteriores, se volverá a utilizar el sistema de Boleta Única Electrónica (BUE) donde a nivel nacional, se renovarán 24 senadores y 127 diputados. En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se elegirán 30 legisladores para la Legislatura porteña.
Cómo funciona la Boleta Única Electrónica
Este sistema, regulado por el Instituto de Gestión Electoral (IGE), consta de los siguientes pasos:
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Presentarse con el DNI en la mesa asignada. El presidente de mesa entrega una boleta electrónica.
Insertar la boleta en la máquina votadora.
Seleccionar la opción deseada en la pantalla táctil.
La máquina imprime el voto en el reverso de la boleta.
Verificar el contenido impreso apoyando la boleta en el lector.
Doblarla hasta el troquel, volver a la mesa, cortar el troquel y colocarla en la urna.
Firmar el padrón y retirar la constancia de votación.
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