Formalizan el 28 de octubre
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El decreto fija para el día 25 de noviembre una eventual segunda vuelta electoral, tal como está previsto en el artículo 96 de la Constitución nacional. En los considerandos del texto, se recuerda que el artículo 53 del Código Electoral Nacional fija que los comicios deben realizarse el cuarto domingo de octubre inmediatamente anterior a la finalización de los mandatos.
Explica también que «atentoa que cada distrito renueva distinto número de diputados nacionales y sólo en ocho distritos deben elegirse nuevos senadores, corresponde convocar por separado a cada uno de ellos para que en el día señalado precedentemente elijan a los representantes que en cada caso corresponda».
Asimismo, indica que «se estima adecuado dictar la medida correspondiente con suficiente antelación a fin de posibilitar que los partidos políticos intervinientes en la elección realicen los actos necesarios para la difusión de sus postulados y conocimiento por parte de los ciudadanos de los respectivos candidatos».
También el gobernador bonaerense, Felipe Solá, formalizó ayer la convocatoria a elecciones en la provincia para el 28 de octubre, el mismo día en el que se celebrarán las nacionales.




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