Jubilaciones: jueces se rearman para dar la pelea, en tribunales
Magistrados expectantes: si proyecto se aprueba en Diputados, se activarán renuncias (Casación, en la mira). Circula "paper" con principales objeciones técnicas a la iniciativa oficial. "Efecto boomerang" con relator de la ONU.
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Liliana Catucci, Carlos Mahiques, Eduardo Riggi y Guillermo Yacobucci.
A partir de mañana, tras el carnaval comenzará una minisemana clave para el proyecto de ley de reforma del régimen especial de jubilaciones del Poder Judicial. Hacia allí se encaminan las miradas -primero a la reunión de comisión, y luego a la sesión convocada el jueves en Diputados- para empezar a definir el panorama. Si la iniciativa oficial atraviesa exitosamente su primer test, habrá una catarata de renuncias, antes de que se convierta en ley. Tal como adelantó Ámbito Financiero, ya fue materia de comentario esa situación en la Cámara Federal de Casación Penal.
Si queda en condiciones de ser girada al Senado, hay cuatro jueces en posición de tomar una decisión: Liliana Catucci, Eduardo Riggi, Guillermo Yacobucci y Carlos Mahiques están en condiciones de acceder al beneficio bajo el actual régimen porque ya tienen sus jubilaciones concedidas. Sin embargo, y pese a que hay un sector que observa como inevitable el cambio impulsado por la Casa Rosada, magistrados están reorganizándose para discutir técnicamente en tribunales cualquier modificación. Entienden débil el texto que envió el Gobierno y susceptible de convertir cada vacío en un planteo a su favor.
Por eso es que comenzó a circular por los principales despachos judiciales un “paper” con argumentos que apuntan a objetar los principales fundamentos del proyecto de ley enviado al Congreso por el Poder Ejecutivo. Es factible que cada uno de esos puntos de análisis se convierta en un planteo de índole jurídico que les permita litigar. La síntesis conceptual es que la “independencia del Poder Judicial no estaría asegurada si no se tutelara el haber de retiro de los magistrados”, algo que por un lado generaría intranquilidad en el ejercicio de sus funciones o que forzaría a un abandono del cargo, cuestión que en la práctica viene ocurriendo desde hace una semana. Es un temario que en el plano de la discusión pública constituye una batalla perdida, pero que desde el punto de vista de un litigio, ya cuenta con un background de antecedentes que servirán de apoyatura.
También agregan al combo que los números duros con los que el Gobierno nutre los fundamentos de la medida son inexactos o están inflados, pero colaboran a la generación de malestar social con los funcionarios de la Justicia. Así, según registros que circulan en los grupos de WhatsApp, el total de beneficiarios del régimen hoy no serían 7 mil, sino 5.726. El promedio de la jubilación judicial asciende a $276.168,63 y no $289 mil como dice el proyecto. También sostienen que las más elevadas (8 del total) son las vitalicias -que hasta logran superar los $700 mil pesos por mes-, pero que esas tampoco se modificarían si se cambia la ley, porque no están incluidas en la poda. Y que la iniciativa contempla aportes con el tope establecido en el SIPA que no se corresponden con el nivel de descuentos individuales que no tiene el tope de los $103.064, sino que lo exceden hasta en 5 veces, por lo que homologarlo con el SIPA daría cifras de descuento totalmente distintas. “¿Alguien le pasó los números estadísticos equivocados al Presidente?”, se preguntan con ira.
Por eso el “paper” enfatiza una cuestión que será materia de discusión en el Congreso: el financiamiento del “nuevo” régimen especial. Allí apuntaron a la reducción formal de la nómina donde se excluye del beneficio del 82% a todo cargo que no sea letrado y también a los prosecretarios letrados de Cámara y a los prosecretarios administrativos. Esto implica la reducción de la cantidad de aportantes (en comparación con el actual) que irá decreciendo. Si a esto se le suma la renuncia masiva por jubilación bajo el sistema actual -que podría alcanzar las 450 plazas-, lo que resultaría es una “desfinanciación” del propio sistema.
Por esto es que la estrategia planteará que la concepción sobre redistribución, solidaridad y sustentabilidad de la reforma es “incompatible con las normas constitucionales”. Especialmente, con las pautas del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y con propios compromisos asumidos por el Estado en la materia de la seguridad social:
- No puede haber redistribución en desmedro de los derechos adquiridos por algún colectivo.
- Debe haber “proporcionalidad” entre salario, aporte y haber previsional, por lo que no sería homologable al SIPA ni unificado como un sistema único.
- y la “solidaridad” no puede atentar contra el antecedente de la solución amistosa del caso “Amílcar Menéndez” que obligaba al Estado a derogar normas que le permitían argumentar la “limitación de recursos” como justificativo para pagar menos o no pagar. El razonamiento es que si no se puede diferir en el tiempo el pago de la movilidad jubilatoria bajo el argumento de la falta de dinero, menos podría derogarse el beneficio con una nueva ley.
- Edad y aportes se marcan como una contradicción con los postulados porque en el caso de las mujeres exceden por 5 el régimen general, donde además se permite compensar la falta de aportes con exceso de edad, y que para no perder el derecho, se debe hacer efectiva la jubilación cuando se alcancen los requisitos. Esto también difiere del sistema general.
Pero lo que parece una “mojada de oreja” es la alusión explícita a la solicitud de informes que hizo el relator especial de Naciones Unidas, Diego García-Sayán, en oportunidad en que abogados, juristas y gran parte de los exfuncionarios kirchneristas denunciaban “lawfare” por parte del Gobierno de Mauricio Macri. Los jueces postulan el mismo párrafo referido a la posibilidad de un “plan sistemático de amedrentamiento del Poder Judicial” y el subrayado donde el relator requirió que la Argentina informe “las medidas adoptadas para garantizar la permanencia en el cargo de los jueces por los períodos establecidos, su independencia y su seguridad, así como una remuneración, pensiones y condiciones de servicio y de jubilación adecuadas”. Parece una oración redactada para esta ocasión.
La táctica que guiará las presentaciones hará eje en dos ideas clave: que la reforma parte del “error” de suponer que el régimen de magistrados debe ser sustentado sólo por sus aportantes (los mismos beneficiarios potenciales) y que se puede autosustentar sin la intervención del Estado, que tiene la manda constitucional en el otorgamiento de la seguridad social. Así, no podría ser igualado a un seguro privado o a una caja compensadora donde los ingresos determinan la prestación. Lo mismo que la participación del Estado como “empleador” de los jueces. La otra idea fuerza camina por una cornisa: la discriminación “irrazonable” de quienes queden excluidos del régimen especial y pasen al general (las jerarquías “olvidadas”) y los que no se vean afectados porque consigan acceder a sus jubilaciones antes de la sanción de la ley. El problema con los prosecretarios es que reciben otro tratamiento escalafonario por esa condición de funcionarios, que si no pasarían a ser “empleados” de Justicia, una diferencia sustancial para el universo judicial.
Como ya mencionó este diario, existe otra paradoja en la redacción sobre la que también los magistrados tomaron nota. La exigencia de antigüedad superior a 20 años y una permanencia en el cargo de otros 10. La acumulación simultánea de requisitos impediría acceder al beneficio a la misma edad si son nombrados arriba de los 45 años de edad. Y complica a los abogados de la matrícula que podrían acceder al Poder Judicial desde afuera, pero que si no lo hacen antes de los 55, se toparían con el límite constitucional de los 75 años en el cargo.
Con este punto, los jueces esperan que los colegios de abogados también inunden con planteos de inconstitucionalidad.
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