14 de julio 2015 - 19:48

La Asociación de Magistrados presentó amparo contra la Ley de subrogancias

La Asociación de Magistrados presentó amparo contra la Ley de subrogancias
La Asociación de Magistrados realizó una acción de amparo en contra de la nueva ley de subrogancias, por la cual se modificó el sistema de elección de jueces temporales ante una vacante producida.

La presentación quedó a cargo de la jueza en lo Contencioso Administrativo Federal María Alejandra Biotti, y fue realizada a la par que otros tribunales ya han decretado la inconstitucionalidad de algunos artículos de la ley 27.145, de subrogancias.

El pedido de la entidad es una "acción declarativa de inconstitucionalidad" contra la ley 27.145, y es ante cuestionamientos de distintos tribunales a la nueva norma, en particular, aquel que deja librada al Consejo de la Magistratura de la Nación la posibilidad de nombrar subrogantes ante una vacante producida cuando antes lo hacían las cámara de apelaciones.

Este lunes, la Cámara Federal porteña decretó la inconstitucionalidad de la ley en el marco de una causa penal, en lo que hace a los artículos 1 y 2, justamente aquel que otorga al Consejo de la Magistratura el poder de nombrar subrogantes ante una vacante producida.

La presentación de la Asociación quedó radicada el juzgado a cargo de María Alejandra Biotti, la misma magistrada que hoy le pidió al Gobierno Nacional que informe los motivos por los cuales el Consejo de la Magistratura removió al subrogante Luis María Cabral y en su reemplazo nombró al conjuez Marcelo Vázquez.

La presentación la encabezó Ricardo Recondo, presidente de la Asociación, con el patrocinio de los abogados Alberto Spota y Pablo Sanabria, y el principal cuestionamiento es al poder que tiene el Consejo de la Magistratura en designar subrogantes y sólo con mayoría simple de sus miembros.

No es un dato menor pues la remoción de Cabral y la designación de su reemplazante lo fue con el voto de la mayoría simple y gracias a la supremacía del voto kirchnerista en el organismo.

"La designación de jueces subrogantes bien puede recaer sobre un abogado o abogada que venga de la función pública, incluyendo la órbita de los poderes ejecutivo y legislativo. Ello, sin que sea necesario una renuncia al cargo que se desempeñe dichos poderes, sino tan sólo un pedido de licencia sin goce de sueldo", sostuvo la entidad.

Además, criticó que el Consejo de la Magistratura queda a cargo de la designación de subrogancias en un proceso "complejo" pues "interviene más de un poder del Estado y a cuyo respecto sólo le corresponde" a aquel organismo "una función de proposición, y nunca de designación ni nombramiento de juez alguno".

Para la Asociación, el nuevo método impuesto por la ley de subrogancias implicaría la existencia de dos tipos de jueces: aquellos que "con el mandato constitucional se encuentren revestidos de las garantías de imparcialidad e independencia que hacen a la naturaleza de la función judicial" y del otro lado los que "carentes de tales resortes institucionales se encuentren en una clara situación de dependencia de las mayorías políticas de turno".

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