Niegan que Senado suspenda a Moliné
-
Vigilia por Malvinas: qué es, dónde se hace y cómo es la conmemoración
-
En su primer informe de gestión, Adorni deberá responder más de 4800 preguntas de la oposición
El defensor indicó que las referencias históricas, las consideraciones sobre la división de poderes y la Constitución, «son sólidos argumentos que impiden que el Senado pueda pronunciarse a favor de suspender a un ministro de la Corte».
Badeni recordó que ni siquiera en la destitución de magistrados en 1947 el Senado aprobó la suspensión en sus funciones de los cuatro jueces enjuiciados. «Siguieron dictando sentencia hasta una semana antes de su remoción», rememoró.
El proceso a que se refiere Badeni ocurrió en la primera presidencia de Juan Domingo Perón y culminó con la destitución de todos los ministros de la Corte salvo uno, el único peronista.
El trámite de enjuiciamiento en el Senado comenzó en diciembre de 1946 y finalizó en abril de 1947, y fueron destituidos los jueces Antonio Sa garna, Benito Nazar Anchorena, Francisco Ramos Mejía y Juan Alvarez, por los cargos de haber convalidado con sus acordadas de 1930 y 1943 los gobiernos de factos surgidos por golpes militares. Sólo Roberto Repetto se salvó de la destitución, porque ya no formaba parte de la Corte.
El otro argumento tiene que ver con la división de poderes. Entiende Badeni que un poder del gobierno no puede suspender a la jefatura de otro poder como es, en este caso, el judicial.




Dejá tu comentario