21 de agosto 2003 - 00:00

Niegan que Senado suspenda a Moliné

La defensa del juez supremo de la Corte Eduardo Moliné O'Connor aseguró que el Senado no puede suspender en sus funciones al ministro hasta que no haya un dictamen de remoción.

Ayer el Senado se constituyó formalmente en tribunal para sustanciar el proceso por presunto mal desempeño en sus funciones, sobre la base de las acusaciones formuladas en Diputados en la causa Meller, Macri y Magariños.

Una de las primeras definiciones que deberá adoptar la Cámara alta en su conjunto es si suspende provisoriamente a Moliné O'Connor como ministro de la Corte, mientras se sustancia el juicio político. Este fue uno de los reclamos que hizo la Cámara de Diputados cuando aprobó en pleno su enjuiciamiento.

Sin embargo, los esfuerzos de los diputados por alejar de la Corte a Moliné O'Connor como lo hicieron con Julio Nazareno no encontrarían recepción en el Senado, sobre todo porque no existen antecedentes de un episodio similar. Pero bueno es recordar que el reglamento del Senado lo prevé.

Aunque el constitucionalista Gregorio Badeni admitió la existencia de esta disposición, también remarcó que no existe jurisprudencia -al menos con los jueces de la Corte Suprema de Justicia- de que los senadores tomaran una medida de naturaleza drástica.

• Antecedentes

El defensor indicó que las referencias históricas, las consideraciones sobre la división de poderes y la Constitución, «son sólidos argumentos que impiden que el Senado pueda pronunciarse a favor de suspender a un ministro de la Corte».

Badeni
recordó que ni siquiera en la destitución de magistrados en 1947 el Senado aprobó la suspensión en sus funciones de los cuatro jueces enjuiciados. «Siguieron dictando sentencia hasta una semana antes de su remoción», rememoró.

El proceso a que se refiere
Badeni ocurrió en la primera presidencia de Juan Domingo Perón y culminó con la destitución de todos los ministros de la Corte salvo uno, el único peronista.

El trámite de enjuiciamiento en el Senado comenzó en diciembre de 1946 y finalizó en abril de 1947, y fueron destituidos los jueces
Antonio Sa garna, Benito Nazar Anchorena, Francisco Ramos Mejía y Juan Alvarez, por los cargos de haber convalidado con sus acordadas de 1930 y 1943 los gobiernos de factos surgidos por golpes militares. Sólo Roberto Repetto se salvó de la destitución, porque ya no formaba parte de la Corte.

El otro argumento tiene que ver con la división de poderes. Entiende
Badeni que un poder del gobierno no puede suspender a la jefatura de otro poder como es, en este caso, el judicial.

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