23 de marzo 2021 - 10:26

Nodio: sobreseyeron a Miriam Lewin

La Defensora del Público fue sobreseída en la causa en la que se la investigó por la creación del observatorio pensado para combatir las noticias falsas y la violencia simbólica.

Miriam Lewin.

Miriam Lewin.

La Defensora del Público Miriam Lewin fue sobreseída en la causa en la que se la investigó por la creación del observatorio Nodio, un organismo pensado para combatir las noticias falsas y la violencia simbólica.

El caso se inició a partir de la denuncia de un grupo de diputados macristas, entre ellos Fernando Iglesias, Waldo Wolff y Graciela Ocaña que consideraron que ese Observatorio de la Desinformación y Violencia Simbólica en Medios y Plataformas Digitales era una "comisaría del pensamiento".

Para la jueza federal María Eugenia Capuchetti “no se vislumbra la efectiva comisión de un hecho con trascendencia penal” ni la posibilidad de seguir adelante con la investigación, por lo que decidió el sobreseimiento.

Según la resolución, el organismo Nodio aún no ha sido puesto en funcionamiento, por lo que mal podría hablarse de actos delictivos. “Los perjuicios (señalados por los denunciantes y el fiscal Carlos Stornelli en su requerimiento) eran meramente hipotéticos”, indicó la magistrada.

Los legisladores le habían pedido a la jueza Capuchetti que investigue si hubo delito de "abuso de autoridad" y "violación de los deberes de funcionario público" por parte de Lewin.

Al requerir la apertura de la causa, el fiscal Carlos Stornelli sostuvo que había estado de sospecha para pedir una indagatoria, lo que fue rechazado por la jueza.

Además el fiscal había solicitado el dictado de una “medida cautelar” para prohibirle a la funcionaria “la producción de cualquier acto administrativo y/o decisión y/o ejecución por parte" de la Defensoría Público de Servicios de Comunicación Audiovisual "y/o cualquier otro organismo estatal, que pudiera tender a llevar adelante las actividades” del observatorio y que pudieran provocar “posibles o mayores efectos dañinos sobre el bien jurídico protegido e implicar, por tanto, un menoscabo irreparable al derecho de la libertad de expresión y a la libertad de prensa, constitucionalmente consagrados”.

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