La índole de la idea, la trayectoria del diputado que la impulsa y el contexto político en que la iniciativa fue elaborada están destinados a generar un debate inquietante en torno al proyecto de ley que se presentó ayer en la Cámara baja: una propuesta para modificar el régimen de financiamiento público del culto Católico Apostólico Romano, suscripta por el diputado Hugo Franco y avalada, ya desde anoche, por un creciente número de diputados peronistas. ¿Se trata de otro capítulo de la embestida de Néstor Kirchner sobre las cabezas más caracterizadas de la jerarquía católica? ¿Es, en cambio, una interpretación del intento de esas jerarquías por emanciparse del Presupuesto nacional por temor, precisamente, a un eventual ataque del poder político sobre la alcancía católica? ¿Se unificarán los obispos a favor o en contra de la ley que se pretende sancionar? Son preguntas tal vez prematuras a esta altura. Pero no hay dudas de que alrededor de ellas se organizará el debate.
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¿Qué propone el bonaerense Franco? Sencillo: sustituir el aporte que hoy deriva el Estado a la Iglesia Católica, dispuesto en una partida del Presupuesto nacional, por otro derivado de la voluntad de los contribuyentes que quieran sufragar a favor de ese culto desgravando esa colaboración del Impuesto a las Ganancias de personas físicas o jurídicas. El reemplazo de un régimen por otro debe contemplar que el artículo 2 de la Constitución nacional obliga al Estado a «sostener» el culto Católico Apostólico Romano. Es una supervivencia del texto anterior a 1994, más confesional, que le imponía al Presidente el requisito de profesar esa fe y al sector público la tarea de evangelizar a los indígenas.
¿Qué significa «sostener»? Es lo que no está claro ni preciso. Es decir, lo que permite alguna flexibilidad en los procedimientos, como ésta que plantea Franco. ¿Beneficiará o no una ley como ésta a la Iglesia? Para saberlo, conviene actualizar los datos de lo que el culto católico recibe hoy del Estado. Es interesante revisar estas sumas, a menudo desconocidas:
Los arzobispos y obispos al frente de una diócesis (residenciales) perciben una remuneración equivalente a 80% de un juez de primera instancia. Si se trata de un obispo auxiliar, el salario es de 70% del de ese rango de jueces. Son, según los números de 2005, $ 4.277 y $ 3.742, por mes, en cada caso. En total se destinan $ 4.074.000 por mes para este tipo de salarios.
Los obispos eméritos reciben 70% de la remuneración de un juez de primera instancia ($ 3.742 por mes) y los eméritos auxiliares 60% ($ 3.207 por mes). En total, se gastan en este rubro $ 1.745.000 por año.
Las parroquias de frontera reciben una asignación especial de $ 336 por mes, lo que representa un costo anual de $ 1.612.000.
Los seminaristas mayores perciben $ 252 por mes, lo que supone un gasto anual de $ 4.989.000.
Hay 70 sacerdotes que no reciben jubilación alguna y que por eso perciben $ 260 por mes (una suma total de $ 218.000 por año).
Por otro tipo de contribuciones estatales (desarrollo de la pastoral orgánica, tribunales eclesiásticos, facultades eclesiásticas, causas de canonización, etc.), el monto total es de $ 820.000 por año. De todas estas sumas se desprenden dos datos curiosos. El primero: el aporte del Estado a la Iglesia es de 0,0174% del Presupuesto nacional. El segundo: ese aporte significa para la Curia argentina solamente 7% de sus ingresos, poco más de 12 millones de pesos.
El diputado Franco es un militante católico y fue acaso el laico más allegado al fallecido cardenal Raúl Francisco Primatesta, por décadas arzobispo de Córdoba. Es casi seguro que de su pluma no saldría una propuesta dañina para las arcas del clero. De cualquier modo, cuando se hace la cuenta de los fondos que hoy el Estado deriva a los obispos y sacerdotes, resulta fácil apostar a que un régimen de desgravación impositiva aumentaría sin mucho esfuerzo esa cifra. Sin embargo, esa apuesta supone un riesgo: ¿qué sucedería en el caso de que nadie decida derivar parte de sus impuestos al clero? Es probable que habría infinidad de juicios al Estado por el incumplimiento del artículo 2 de la Constitución. Por eso el proyecto Franco dispone de una cláusula que evita a obispos y curas un salto al vacío financiero: si por algún caso lo recaudado no alcanzara la suma del régimen anterior (considerada a valores constantes en el último Presupuesto), el Tesoro debería completar con su aporte ese déficit.
Si se sigue la experiencia comparada -por ejemplo, el caso español, que fue estudiado especialmente por un obispo argentino-es muy posible que las arcas de la Iglesia se beneficien con un «salariazo». Pero, además, los prelados y sacerdotes podrían hacer gala de un mérito político: sus ingresos ya no dependerían de lo que les fije el poder político sino de la generosidad de sus fieles. Aun así, el proyecto presenta un riesgo, si bien mínimo y todavía prematuro. Tal vez instale a deshoras una discusión que está garantizada para cuando se trate en la Argentina una nueva reforma constitucional (lo que puede suceder antes de lo pensado). Es el debate sobre la legitimidad de que el Estado «sostenga» un culto determinado. Aun cuando para otras religiones existe un régimen de desgravación similar, ésta que propone Franco sería acumulativa: es decir, los católicos podrían desgravar 10% de Ganancias mientras el resto de los cultos sólo 5%. Una parte de la izquierda que rodea a Kirchner ya se planteó la eliminación de estas distinciones en el caso de la asistencia religiosa para las Fuerzas Armadas. Pero nunca se trató seriamente el aspecto financiero. Tal vez se esté en el comienzo.
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