El proyecto de ley de reforma del Régimen Penal Juvenil que envió el Poder Ejecutivo al Congreso de la Nación contempla, además de la baja de la edad de imputabilidad, la creación de "institutos especializados de detención". Cómo funcionarán, qué objetivos perseguirán y quiénes estarán a cargo de los establecimientos.
Régimen Penal Juvenil: cómo serán los centros de detención de menores que propone crear el Gobierno
El oficialismo envió al Congreso el texto definitivo que se tratará este miércoles. Además de plantear la baja en la edad de imputabilidad, propone crear establecimientos puntuales para el alojamiento de adolescentes.
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El Gobierno puso la mira en la baja de la edad de imputabilidad.
El presidente Javier Milei, junto con los ministros de Justicia, Mariano Cuneo Libarona, y de Seguridad, Alejandra Monteoliva, y la senadora Patricia Bullrich, trazaron los lineamientos de la iniciativa que será tratada el miércoles en la Cámara de Diputados y que, entre sus principales objetivos, apunta a reducir a trece años la edad mínima de punibilidad.
El texto ingresó en las últimas horas a los despachos legislativos, pero aún no tiene el respaldo necesario para ser aprobado, ya que, como informó Ámbito, sectores de la oposición cuestionan el umbral etario propuesto por La Libertad Avanza (LLA). De no mediar cambios, correrá riesgo de ser rechazado.
Sin embargo, el oficialismo negocia voto a voto para que sea aprobado antes de que finalice el período de sesiones extraordinarias, el cual concluirá a finales de febrero. Entre los puntos salientes del texto, también se propone la creación de institutos de detención para menores.
Creación de Institutos de detención para menores
El Capítulo 8 marca los principios generales sobre los que, en caso de ser sancionado, deberá sustentarse la reglamentación e implementación por parte del Poder Ejecutivo Nacional. En ese sentido, plantea que el adolescente detenido "deberá ser alojado en un instituto adecuado de detención", separado de la sección de los adultos.
El establecimiento carcelario debe ser adecuado para el tratamiento de menores y contar con personal especializado en el trato con jóvenes en conflicto con la ley penal. Además, determina que "deberá ser dirigido por personal capacitado", aunque no especifica el tipo y nivel de capacitación.
La creación de los institutos perseguirá el objetivo de mantener a los adolescentes alojados en secciones diferentes de aquellas en las que se encuentran personas mayores de edad. Según plantea el texto oficial, deberán ser alojados "en módulos especiales".
Las reglas y criterios de detención de adolescentes
Cada lugar de alojamiento estarán regidos por una serie de reglas. Por un lado, ningún adolescente imputado o condenado podrán tener contacto con personas detenidas mayores de edad. Recién podrán ser trasladados a establecimientos penitenciarios para adultos una vez que alcance la mayoría de edad y mientras aún no hubiere concluido la pena establecida.
También remarcan que los lugares de detención de adolescentes deberán contar, en lo posible, con módulos separados organizados en base a una serie de criterios. Se mencionan por un lado las características personales y condiciones de salud del detenido, su edad (debiéndose procurar el respeto de las franjas etarias), la identidad cultural y educativa y la naturaleza cautelar o punitiva de la privación de la libertad.
Otro aspecto que contempla el proyecto tiene que ver con la atención médica, psicológica y psiquiátrica de los detenidos. En ese sentido, deberá garantizarse "el acceso a asistencia médica y psicológica a cargo de profesionales de la salud especializados en adolescentes".
Asimismo, aclaran que, en caso de que el menor deba ser atendido fuera del establecimiento, solo "el tribunal competente podrá autorizar las salidas" del lugar de detención, a menos que existan condiciones "de urgencia" que también deberán ser notificadas al juzgado.
Educación y capacitación laboral
El proyecto también refiere a las características de la detención, la cual deberá tener una serie de objetivos. Se deberá orientar a la educación del adolescente, pero también apuntará a brindar formación, ambos puntos enfocados en la "resocialización y reinserción social del adolescente".
El artículo 31 pone énfasis sobre las actividades a las que deberá poder acceder el adolescente para formarse y capacitarse con miras a una salida laboral futura. "El adolescente privado de la libertad tendrá derecho a recibir formación y capacitación laboral a fin de lograr una futura inserción social y laboral", señala.
Aclaran que deberá brindarse "en lo posible" una "amplia oferta de cursos y talleres" que le permitan elegir entre aquellos de acuerdo con sus intereses y capacidades.
Los establecimientos deberán contar con espacios que permitan promover actividades deportivas, culturales, religiosas y recreativas de acuerdo "a la preferencia del adolescente y recreativas" y que, al igual que los cursos profesionales, persigan el objetivo de lograr "una efectiva inclusión social" cuando el menor cumpla su condena.
Por último, el proyecto indica que los institutos deberán realizar un informe trimestral de cada adolescente a fin de conocer su situación durante el proceso de detención. El encargado de redactar y aprobar la evaluación será "el director del instituto especializado o de la sección separada de un establecimiento penitenciario" y deberá enviar las conclusiones a la autoridad judicial.






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