9 de febrero 2026 - 07:14

Rige la ley de Inocencia Fiscal desde hoy: el Gobierno reglamentó el blanqueo y habilita el uso de los "dólares del colchón"

El decreto publicado este lunes en el Boletín Oficial activó el Régimen Simplificado de Ganancias, limitó las fiscalizaciones de la ARCA a ingresos y deducciones y otorgó efecto liberatorio sobre períodos anteriores. También redefinió multas, umbrales penales y el trato a pymes y monotributistas.

Con este esquema, el Gobierno apuesta a que el blanqueo deje de ser una medida excepcional y se transforme en un mecanismo permanente, con una premisa central: mirar solo lo que se declare y se pague de ahora en adelante.

Con este esquema, el Gobierno apuesta a que el blanqueo deje de ser una medida excepcional y se transforme en un mecanismo permanente, con una premisa central: mirar solo lo que se declare y se pague de ahora en adelante.

El Gobierno reglamentó este lunes la ley de Inocencia Fiscal, sancionada en diciembre, y puso en marcha un nuevo esquema tributario que busca incentivar el ingreso al circuito formal de los ahorros no declarados, incluidos los denominados “dólares del colchón”, sin revisar la evolución patrimonial de los contribuyentes.

La medida quedó formalizada mediante el Decreto 93/2026 publicado este lunes en el Boletín Oficial, que activó el Régimen Simplificado de Ganancias (RSG) y redefinió los criterios de fiscalización de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA). A partir de ahora, el organismo solo podrá controlar ingresos declarados y deducciones admitidas, dejando expresamente excluida la variación patrimonial, los consumos personales y los depósitos bancarios.

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Según la interpretación oficial, el nuevo esquema abandona la presunción de culpabilidad fiscal y establece que, si el contribuyente cumple con la presentación y el pago del impuesto en tiempo y forma, se activa un “tapón fiscal” que clausura la revisión administrativa y penal de los períodos anteriores.

Cómo funciona el régimen y a quiénes alcanza

El Régimen Simplificado de Ganancias es voluntario y está dirigido a personas humanas con ingresos anuales de hasta $1.000 millones y un patrimonio de hasta $10.000 millones, verificados año por año en los últimos tres ejercicios. Quedan excluidos los grandes contribuyentes, un universo estimado en unas 900 personas.

Dentro del régimen, la ARCA pone a disposición una declaración jurada precargada, que el contribuyente puede aceptar o ajustar. Una vez abonado el impuesto correspondiente, rige la presunción de exactitud y el efecto liberatorio, que impide al fisco reabrir esos ejercicios, salvo que detecte una discrepancia significativa.

La normativa define como discrepancia relevante una diferencia superior al 15% del impuesto, la superación de los umbrales del Régimen Penal Tributario o la utilización de facturas apócrifas, sin importar el monto involucrado. En todos los casos, la carga de la prueba queda a cargo del organismo recaudador.

Dólares no declarados y bancarización

El decreto reglamentario precisó además cómo podrán utilizarse los ahorros no declarados. Para operar dentro del régimen, los fondos deberán ingresar al sistema financiero, ya sea en el origen o en el destino de la operación. El dinero puede depositarse en la cuenta del contribuyente o transferirse directamente al vendedor.

Se mantiene la excepción para la compra de inmuebles, que podrá seguir realizándose en efectivo. A su vez, se elevaron los umbrales de información bancaria: las operaciones de hasta $10 millones mensuales no generarán reportes automáticos a la ARCA.

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Desde el Gobierno sostienen que estas modificaciones buscan facilitar el uso de ahorros acumulados fuera del sistema y dinamizar la actividad económica. El Ministerio de Economía estima que aún existen cerca de USD 170.000 millones fuera del circuito formal.

Multas, pymes y cambios penales

La reglamentación también introdujo cambios relevantes en el régimen de sanciones. Las multas previstas en la Ley de Procedimiento Fiscal fueron actualizadas en un 100.000%, aunque se modificó el criterio de aplicación: la ARCA deberá enviar primero un recordatorio previo, otorgando entre 10 y 15 días hábiles para regularizar la situación antes de avanzar con una intimación formal.

Además, el organismo quedó facultado a graduar las sanciones según la gravedad del incumplimiento, con un tratamiento diferencial para las pymes y la posibilidad de reducir la multa en un 50% si se regulariza dentro del plazo establecido.

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En materia penal, el decreto elevó los umbrales de punibilidad: la evasión simple pasó a $100 millones y la evasión agravada a $1.000 millones. Para contribuyentes cumplidores, el plazo de prescripción se redujo de cinco a tres años, y se habilitó un mecanismo de regularización voluntaria que permite extinguir la acción penal mediante el pago del capital, intereses y una multa adicional.

Monotributistas y próximos pasos

Desde la ARCA aclararon que los monotributistas que deseen ingresar dólares al sistema deberán adherir previamente al Régimen Simplificado de Ganancias; de lo contrario, quedarán expuestos a fiscalizaciones. En el organismo confían en que una parte significativa de este segmento optará por regularizar su situación.

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La reglamentación llega tras semanas de tensión con entidades bancarias y otros sujetos obligados, que reclamaban mayor precisión normativa. En los próximos días, la ARCA prevé publicar Resoluciones Generales complementarias para ajustar la operatoria.

Con este esquema, el Gobierno apuesta a que el blanqueo deje de ser una medida excepcional y se transforme en un mecanismo permanente, con una premisa central: mirar solo lo que se declare y se pague de ahora en adelante.

Ley de Inocencia Fiscal: el texto completo de la norma

Decreto 93/2026 ley de inocencia fiscal

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