20 de abril 2015 - 13:01

Revés para Jaime: rechazan declarar prescripta la causa por dádivas

Ricardo Jaime.
Ricardo Jaime.
El fiscal ante la Cámara Federal de Casación Penal Ricardo Wechsler se opuso a declarar prescripta una causa por dádivas en contra del ex secretario de Transporte Ricardo Jaime, quien queda cerca del juicio oral y público que había sido suspendido el año pasado.

Mediante un dictamen el fiscal pidió rechazar un planteo de prescripción hecho por Jaime a quien se acusa de haber recibido dádivas al haber aceptado unos quince viajes aéreos entre el mes de septiembre del año 2006 y el mes de julio de 2009, los cuales en su mayoría fueron a Brasil, en diferentes aeronaves privadas.

También pidió rechazar un planteo similar hecho por el empresario Sergio Claudio Cirigliano, por Jorge Oscar Molina; por el ex asesor de Jaime, Manuel Vazquez y su hijo Julián.

Todos habían sido rechazados por el juez federal Julián Ercolini, a cargo de la causa, pero los planteos habían obligado a que éste suspendiera el inicio del juicio que se había fijado en 2014.

En su dictamen, el fiscal Wechsler recordó que por el delito que está acusado Jaime, la pena máxima prevista es de dos años y "que la multiplicidad de incidencias planteadas marcó la extensión temporal de este proceso, especulando con la extinción de la acción penal por prescripción".

En ese sentido, señaló que el 22 de octubre de 2012 se elevó a juicio la causa, y que en diciembre de ese año se los citó a todos los acusados para comenzar el debate.

El juez Ercolini ante los sucesivos planteos decidió el 9 de octubre de 2014 suspender el curso de la prescripción de la acción penal desde el primer planteo de nulidad efectuado el día 26 de octubre de 2012.

"La acción penal se encuentra vigente, pues con la suspensión mencionada debe realizarse el juicio oral, como lo manda la ley", dijo Wechsler.

"Si bien ha transcurrido un tiempo considerable desde el inicio de estas actuaciones, no basta para afirmar la irrazonabilidad de la duración de un proceso la sola invocación de tal lapso, puesto que de acuerdo a la interpretación que de tales normas han realizado los órganos internacionales competentes para su aplicación, la garantía en cuestión no consiste en una regla matemática que permita medir, a ciencia cierta, la razonabilidad del plazo, sino que, por el contrario, en una norma elástica de ponderación de las diversas variables involucradas", concluyó el fiscal.

De resolver el Tribunal en coincidencia con lo dictaminado por el fiscal, el juez Ercolini ya estaría en condiciones de fijar una nueva fecha de inicio del juicio oral y público.

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