Ritondo presentó ley para combatir a los motochorros
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Cristian Ritondo y los diputados oficialistas Carolina Píparo, Matías Ranzini y Martín Domínguez Yelpo presenaron el proyecto.
"Por eso cada municipio deberá elevar al Ministerio de Seguridad cuáles son los perímetros geográficos y franjas horarias donde el uso de los chalecos y los cascos son obligatorios", agregó.
La legisladora Carolina Píparo expresó que "como víctima y legisladora considero que esta ley es importante en su potencialidad para combatir una modalidad específica del delito".
Cuando era vicepresidente de la Legislatura porteña, Ritondo presentó un proyecto de ley para combatir a los "motochorros", lo que dio a la Ciudad un marco legal específico sobre esa modalidad delictiva. A su vez, a partir del Decreto 171/2017, el Gobierno nacional estipula que cada provincia debe establecer sus parámetros para combatir este tipo de delitos.
En operativos de control, saturación y prevención de la provincia de Buenos Aires se secuestraron hasta el momento más de 250 mil motos y fueron retenidas más de 22 mil por estar en directa vinculación con un delito, ya sea por salideras bancarias, narcomenudeo o asaltos, aseguró a la prensa Ritondo.
• Incumplimiento y multas
En caso de aprobarse la iniciativa presentada hoy, deberá modificarse el Código de Tránsito.
Por otra parte, ante el incumplimiento de los requisitos, se procederá a la retención del vehículo y se aplicará una multa que, en principio, dependerá del juez de Faltas de cada municipio.
El plazo para retirar la moto incautada será de 60 días corridos y sólo podrá hacerlo su dueño, pero si esto no ocurre, la autoridad de aplicación intimará al titular para que en 15 días corridos se presente, y si tampoco lo hace, se aplicarán medidas estipuladas en la Ley 14.547 que regula la compactación, subasta o cesión benéfica del bien.
Si se produce la compactación, la misma autoridad dispondrá de la chatarra o del producido del desguace, de acuerdo al proyecto legislativo.
Durante la presentación, se expresó que el gobierno provincial y los distintos municipios deberán promover el uso del chaleco y casco reglamentario, además de exigir que el expendio de combustible se realice sólo a quienes cumplan con la ley.
Cada municipio tendrá un plazo de 45 días para enviar al Ministerio de Seguridad el diseño geográfico y horarios donde será obligatorio el uso de los chalecos y cascos reglamentarios, y si no lo cumplen será el Poder Ejecutivo Provincial quien determine esas zonas y horarios.




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