19 de junio 2017 - 11:14

El Gobierno formalizó la gratuidad tarifaria para electrodependientes

Para cortar con la especulación en la demora de su reglamentación, la medida regirá en forma retroactiva al 17 de marzo pasado, fecha en que se promulgó la ley 27.351.
Para cortar con la especulación en la demora de su reglamentación, la medida regirá en forma retroactiva al 17 de marzo pasado, fecha en que se promulgó la ley 27.351.
El Ministerio de Energía y Minería estableció los mecanismos mediante los cuales se aplicará la gratuidad de tarifas del servicio eléctrico para las personas electrodependientes por cuestiones de salud.

"Para cortar con la especulación en la demora de su reglamentación", dijeron en la cartera de Juan José Aranguren, la medida regirá en forma retroactiva al 17 de mayo pasado, fecha en que se promulgó la ley 27.351. Si bien para la reglamentación faltaba que el Ministerio de Desarrollo Social complete el Registro Nacional de electrodependientes, como es un proceso lento, el Ministerio de Energía decidió avanzar ahora con las dispociones para la entrada en vigencia del beneficio.

La medida contempla que el titular del servicio o uno de sus convivientes se encuentre registrado como electrodependiente por cuestiones de salud, para así tener garantizado en su domicilio el servicio eléctrico en forma permanente, con un tratamiento tarifario especial gratuito. Según confirmaron fuentes del Ministerio de Energía a ámbito.com los electrodependientes que ya están inscriptos comenzarán a recibir la bonificación tarifaria mientras se completa el Registro Nacional.

Esa norma incluyó además en el beneficio a quienes "requieran de un suministro eléctrico constante y en niveles de tensión adecuados para poder alimentar el equipamiento médico prescripto por un médico matriculado, y que resulte necesario para evitar riesgos en su vida o su salud".

La bonificación "se asignará a una única unidad habitacional por beneficiario, sea éste titular del servicio o conviviente, cuya demanda sea identificada como residencial, debiéndose acreditar asimismo que la unidad habitacional constituye la vivienda permanente del usuario inscripto en el Registro de Electrodependientes por Cuestiones de Salud".

La ley 27.351 dispuso además que los electrodependientes deberán contar con una fuente alternativa de energía en caso de cortes de luz, que garantice la continuidad del servicio. Dicha fuente debe además cumplir con los requisitos para el cuidado del medio ambiente.

En este sentido, el ENRE determinará las condiciones que deberá contener la solicitud de la fuente alternativa, así como las de provisión, custodia, instalación, operación, mantenimiento y manipulación en condiciones de seguridad para personas y bienes, y todo otro aspecto que resulte necesario establecer para su aplicación por las concesionarias Edenor y Edesur.

La resolución invita por último a que cada provincia y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se adhiera en el marco previsto por la ley, y a coordinar con la Subsecretaría de Coordinación de Política Tarifaria las acciones necesarias en sus respectivas jurisdicciones.

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