El Superior Tribunal de Justicia de Tierra del Fuego deberá resolver en las próximas horas si considera constitucional la Ley Provincial 1407, sancionada en diciembre pasado, que creó un seguro de sepelio universal y obligatorio para todos los fueguinos, a cobrarse a través de la factura por el servicio público de electricidad y que es cuestionada por el empresariado fúnebre y por parte de la comunidad.
Corte fueguina debe validar ley de sepelio financiada en factura
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La norma establece que cualquier habitante de la isla, con el solo requisito de la residencia comprobada, tendrá acceso a un “servicio básico de sepelio” consistente en “el retiro del occiso del hospital o clínica, la provisión de un ataúd, servicio de sala velatoria, los trámites para la inhumación y el traslado al cementerio”.
Para solventar el servicio, la ley crea un fondo al que aportarán en forma obligatoria todos los usuarios de energía eléctrica, a través de un adicional por medidor equivalente a “seis litros de nafta Infinia”, lo que a valores actuales implica unos 720 pesos mensuales.
Además, la normativa adjudica en forma directa las prestaciones a la Cooperativa Eléctrica de la ciudad de Río Grande, que recibirá toda la recaudación del fondo, podrá subcontratar a empresas fúnebres en Ushuaia y -afirman- se quedará con el excedente que surja entre el costo del servicio y lo recaudado.
La Cámara de Comercio de Ushuaia emitió un comunicado en el que expuso que la ley “atenta contra el interés del sector privado y de la comunidad toda” y se convierte en una norma “inexplicable, inentendible, injustificable y por sobre todo inconstitucional”. Según la entidad, la norma crea un servicio de sepelio público pero en lugar de brindarlo el Estado se lo adjudica a “una persona jurídica de derecho privado”, con lo que también fomenta “un monopolio al decidir arbitrariamente que un solo actor va a ser el prestador” sin haber llamado a una licitación.




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