La Federación de Trabajadores Camioneros y Obreros del Transporte Automotor de Cargas planteó a las entidades representativas de la cadena de producción y comercialización de granos profundos cambios en la contratación del transporte automotor que no fueron compartidos. Con el propósito de combatir el trabajo en negro y mejorar las condiciones laborales de los chóferes, el sindicato presentó una propuesta de modificar la negociación de los servicios de transporte que altera radicalmente los usos y costumbres vigentes, y vulnera el marco legal que rige el transporte automotor de cargas.
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El planteo de la organización gremial consiste en que el pago de los fletes camioneros se realice en destino, a cargo de los compradores, y sobre la base de una tarifa uniforme y de aplicación obligatoria.
Las Bolsas de Cereales, en representación de toda la cadena granaria, manifestaron compartir la preocupación por la precarización laboral y ofrecieron colaborar en la regularización de los chóferes del autotransporte de granos, así como también en el mejoramiento de sus condiciones de trabajo (seguridad, higiene, etc.), a pesar de dejar en claro que los conductores en relación de dependencia de empresas de la cadena cumplen con todas las disposiciones legales.
En esa dirección entienden que los controles del trabajo irregular deben estar a cargo de los organismos oficiales competentes, en particular la Oficina Nacional de Control Comercial Agropecuario (ONCCA) y la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). Las Bolsas sostienen que la AFIP cuenta con elementos suficientes para controlar que los chóferes que transportan granos se encuentren debidamente inscriptos y con sus aportes previsionales al día, a partir de la información que diariamente recibe la ONCCA de las cartas de porte emitidas por los cargadores y recibidas por los destinatarios.
Sin embargo, las entidades bursátiles no aceptaron debatircon el Sindicato de Camioneros la propuesta de imponer con carácter obligatorio una tarifa y la condición de pago por parte de un tercero ajeno a la negociación del servicio, ya que sostienen que está fuera del marco legal y que no aporta ninguna solución a los problemas del trabajo irregular.
La legislación nacional en la materia -la Ley 24.653- establece que el sistema opera con precios libres y con plena libertad de contratación entre dadores de carga y transportistas, sin perjuicio de esquemas tarifarios indicativos. Las tarifas resultantes de la negociación dependen de factores tales como disponibilidad de vehículos en la zona, cantidad de mercadería a transportar, distancia al lugar de destino, continuidad de la relación comercial entre el cargador y el transportista, etcétera.
Las Bolsas de Cereales, a los efectos de evitar conflictos que causarían graves perjuicios a la economía nacional manifestaron sus disposición a mantener el camino del diálogo con el sindicato y solicitarán a los poderes públicos la adopción de los recaudos pertinentes para la regularización de la situación laboral de los chóferes del autotransporte de granos.
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