Propuesta
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La Justicia habilitó a Nueva Vicentin a reactivar las plantas de Algodonera Avellaneda
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Cómo fue el plan agropecuario de la dictadura y qué impacto tuvo
• Se propone ampliar la reducción en 50% de la alícuota del IVA a todos los fertilizantes.
• Se propone la eliminación de los aranceles a la importación.
• La eliminación de los derechos de importación a productos fertilizantes, agroquímicos y veterinarios redundaría en un menor precio de éstos e impulsaría una mayor demanda.
• Para el caso de los fertilizantes, esta medida se debe instrumentar en forma complementaria a la reducción del IVA, pues lo que se busca, en definitiva, es que el beneficio de la medida tomada llegue efectivamente al productor, fomentando la competencia.
• Se debe tener en cuenta que el precio de los fertilizantes en el mercado interno se resguarda en el precio paridad-importación, dentro del cual se incluyen los aranceles de importación. La reducción del IVA podría provocar un mayor costo financiero para las empresas productoras de fertilizantes, por un recupero más lento del IVA crédito fiscal generado por la inversión inicial de las plantas. Esto último introduce incentivos para buscar trasladar este costo al precio interno, siendo la actual política arancelaria de importación el principal reaseguro de la industria local para realizarlo.
Mejorar la competitividad a economías regionales
• Se considera de suma importancia el rever la situación actual de las diferentes economías regionales. Estas han experimentado importantes cambios, que afectaron su rentabilidad. Los derechos de exportación, que se ubican en la mayoría de los casos en 10%, limitan el desarrollo del interior.
• En particular, se observan importantes problemas en los sectores de frutas de pepita (peras y manzanas), legumbres, arroz y algodón, entre otros, que afectan puntualmente a las economías de la Patagonia, NEA, NOA.
• En las frutas de pepita se observa una caída de los precios internacionales de la fruta fresca, así como de los jugos, estos últimos por el exceso de oferta internacional por la incorporación de China al mercado. Es importante destacar el alto impacto que los fletes marítimos ejercen sobre el valor FOB de la fruta exportada, y la fuerte caída del precio de la fruta con destino a la industria juguera, que reduce los ingresos. Los costos de producción se han incrementado 12% en u$s, a lo que se suma una actualización salarial en el sector que superó 140%. Todos estos hechos generan una caída de la competitividad interna.
• En el arroz, la menor demanda por parte de Brasil genera que la actividad deba colocar fuera del bloque una parte importante de los saldos exportable (fuentes privadas estiman que el Mercosur debería exportar extrazona 1,7 millón de toneladas para 2005). En consecuencia, la industria arrocera este año deberá competir mano a mano con los mercados internacionales, principalmente del sudeste asiático, que gozan de importantes subsidios, siendo los derechos de exportación una carga adicional más que nos resta competitividad, a las economías del litoral.
• En el caso del algodón, se estima una caída de 34% en el precio respecto de la campaña anterior y tal es la crisis del sector que las provincias productoras han intervenido en el mercado comprando algodón en bruto para frenar la caída del precio.
• En cuanto a las legumbres, los niveles de producción han caído en 34% promedio a partir de la instrumentación de los derechos de exportación, debe tenerse en cuenta que estos derechos equivalen al costo de trasladar la producción desde el NOA hacia los puertos de exportación.
• Por ello, se propone eliminar los derechos de exportación a las actividades cuya producción se desarrolla en las diferentes economías regionales, tales como frutas de pepita, cítricos, de carozo, frutas finas, frutas no tradicionales (palta, arándanos, etc.), legumbres, arroz, maní, carnes no tradicionales, vinos y mostos, lanas y fibra de algodón entre otros.
Restituir el IVA anual agropecuario
• Restablecer el procedimiento de liquidación y pago del IVA, exclusivamente para actividades agropecuarias, instituido por la RG 597/99, dejando sin efecto la RG 1.745/04 (y sus modificatorias).
Elevar los mínimos no imponibles
• Los efectos de la devaluación han repercutido en las liquidaciones impositivas de los productores, produciéndose una excesiva carga impositiva por no adecuarse los mínimos no imponibles en los impuestos a las Ganancias, Ganancia Mínima Presunta y Bienes Personales.


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