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1 de diciembre 2006 - 00:00

Barrabravas: Di Zeo podría quedar preso

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Ademas de Di Zeo y su hermano están, entre otros, el "Oso" " Pereyra y Alejando Falcigno
La Cámara Nacional de Casación Penal confirmó las condenas de prisión al sindicado jefe de la barrabrava del Club Boca Juniors Rafael Di Zeo y otros hinchas caracterizados xeneizes por hechos violentos registrados en 1999 en "La Bombonera" durante un partido amistoso con Chacarita Juniors.

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Si la sentencia de la Sala III del tribunal, que aún no fue notificada, queda firme, Di Zeo y otros de los condenados en septiembre de 2005 por el Tribunal Oral en lo Criminal Seis (TIC 6) irán a la cárcel, ya que tienen penas superiores a los tres años de prisión.

El TOC 6 había responsabilizado a doce hinchas caracterizados de Boca por el delito de "coacción agravada por el uso de armas" en el hecho que tuvo como víctima princial al simpatizante de Chacarita Daniel "Pájarito" Benedetti.

Rafael Di Zeo recibió cuatro años y tres meses de prisión; su hermano Fernando y Gustavo "el oso" Pereyra, tres años y diez meses; Juan Antonio Castro y Diego Marcelo Rodríguez cuatro años y seis meses y Fabián "Fredy" Kruger tres años y seis meses.

Por el mismo delito Roberto Joaquín Ibañez, Leonardo Gabriel Chávez, Alejandro Javier Falcigno, Juan Carlos Alejo y José Luis Fernández fueron condenados a tres años de prisión cuyo cumplimiento se dejó en suspenso y Víctor César Croce fue absuelto.

Con respecto a Ibañez, Chávez, Falcigno, Alejo y Fernández, la Sala III de la Cámara de Casación dejó sin efecto la parte de la sentencia del TOC 6 que les prohibía concurrir a estadios por el término de tres años.

Los defensores de los procesados apelaron el fallo del TOC 6 porque, si bien admitieron agresiones a los hinchas de Chacarita -como lo demuestran videos exhibidos durante el juicio- negaron que las mismas tuvieran como objetivo amedrentar o provocar una conducta determinada (abandono de la tribuna) de las víctimas.

El fiscal Diego Nicholson, en cambio, opinó que algunos de los barrabravas, entre ellos los Di Zeo y Pereyra, también debían ser condenados por los delitos de robo calificado por el uso de armas y lesiones agravadas por haber sido cometidas con el concurso premeditado de varias personas.

El fiscal sostuvo que ese día, 3 de marzo de 1999, los procesados ingresaron armados -con palos, armas blancas y elementos punzantes- y de forma organizada a la tribuna popular norte del estadio de Boca Juniors con el propósito de sacar de ese lugar a los simpatizantes del equipo rival.

Para rechazar las impugnaciones contra la sentencia del TOC 6, la Sala III de la Cámara de Casación consideró como "prueba contundente" las imágenes suministradas por un canal de televisión en las que se ve la actitud pasiva de los damnificados y a los agresores amenazantes, exhibiendo palos o armas punzocortantes.

Los camaristas Guillermo Tragant, Angela Ledesma y Eduardo Riggi coincidieron en que el TOC 6 actuó con "razonabilidad y de acuerdo con las reglas de la sana crítica racional" para responsabilizar a los condenados por el hecho investigado.

"El fallo atacado -por las defensas- se encuentra correctamente motivado" y no fue arbitrario, agregaron los camaristas.

La Sala III ratificó que hubo coautoría, porque los condenados se repartieron la realización del delito "de tal forma que por sí solo, ninguno realizó la totalidad del hecho".

Sobre tal punto, Tragant, Ledesma y Riggi recordaron que, dirigidos por los Di Zeo y Pereyra, los atacantes "se desplazaron en forma grupal, para conseguir un resultado único", valiéndose de armas y objetos contundentes que incrementaron su poder ofensivo.

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