3 de noviembre 2018 - 21:31

Se conoció el fallo de la Conmebol: River finalista, cuatro fechas de suspensión a Gallardo y multa de u$s 50 mil para el club

Se conoció el fallo de la Conmebol: River finalista, cuatro fechas de suspensión a Gallardo y multa de u$s 50 mil para el club
Tras un día de demora la Confederación Sudamericana de Fútbol (Conmebol) difundió el fallo del Tribunal disciplinario, tras la impuganción presentada por Gremio de Porto Alegre: River disputará la final de la Copa Libertadores ante Boca Juniors, el DT Marcelo Gallardo recibió cuatro fechas de suspensión -la primera de ellas no le permnitirá estar en la Bombonera- y el club millonario deberá abonar una multa de 50 mil dólares.

El organismo rector del fútbol continental habría llegado a esta conclusión en las últimas horas, tras las deliberaciones entre sus miembros del Tribunal de Disciplina. En un principio, la decisión iba a estar este viernes, luego se pospuso hasta este sábado al mediodía y finalmente se difundió pasadas las 20.30 hs.

La dura sanción a Gallardo -de cuatro fechas de suspensión-, incluye una primera en la que el DT directamente no podrá acceder al estadio de Boca Juniors, "ni comunicarse por cualquier medio con su cuerpo técnico, oficiales y jugadores" y otras tres en las que no podrá estar en el banco de suplentes, ni darle indicaciones a sus dirigidos en el entretiempo.

El fallo tuvo que resolver la protesta de Gremio de Porto Alegre, que después de ser eliminado en su estadio, advirtió que Gallardo había incumplido con una sanción impuesta por la Conmebol para ese partido.

El "Muñeco" había sido castigado con la prohibición de dirigir a su equipo desde el campo de juego en la revancha en el Arena do Gremio por sus reiteradas demoras en el regreso del entretiempo en distintos partidos de la Copa.

La sanción también le impedía tomar contacto con sus jugadores en el vestuario del estadio de Porto Alegre, algo que finalmente ocurrió después del primer tiempo.

Por no acatar esa decisión, Gallardo podría recibir una sanción cercana a los ocho meses para dirigir en partidos organizados por la entidad (lo que, en caso de ganar la Copa, lo habilitaría para el Mundial de Clubes, ya que es responsabilidad de FIFA).




• El fallo completo





El Tribunal de Disciplina de la CONMEBOL, RESUELVE

1º. RECHAZAR el reclamo presentado por el GRÊMIO FOOT-BALL PORTO ALEGRENSE en fecha 31 de octubre de 2018.

2º. CONFIRMAR el resultado de 1 : 2 a favor del CLUB ATLÉTICO RIVER PLATE del partido disputado en fecha 30 de octubre de 2018, entre los equipos de GRÊMIO FOOT-BALL PORTO ALEGRENSE y CLUB ATLÉTICO RIVER PLATE

3º. PROHIBIR al Señor MARCELO DANIEL GALLARDO acceder al Estadio en el siguiente partido de la CONMEBOL Libertadores 2018 conforme al Artículo 20 inciso h) del Reglamento Disciplinario de la CONMEBOL. Esta prohibición de acceso al estadio incluye la prohibición de comunicarse por cualquier medio con su Cuerpo Técnico, Oficiales y Jugadores.

4º. SUSPENDER al Señor MARCELO DANIEL GALLARDO por 3 (tres) partidos. La presente sanción iniciará su vigencia una vez cumplida la sanción establecida en el punto 3º y se deberá cumplir conforme a lo dispuesto en el Artículo 76.1 del Reglamento Disciplinario de la CONMEBOL. 

5º. IMPONER al Señor MARCELO DANIEL GALLARDO una multa de USD. 50.000 (CINCUENTA MIL DÓLARES ESTADOUNIDENSES), en virtud al Artículo 12.6 del Reglamento Disciplinario. El importe de esta multa será debitado automáticamente del monto a recibir por el CLUB ATLÉTICO RIVER PLATE en concepto de derechos de Televisación o Patrocinio.

6º. ADVERTIR expresamente al Señor MARCELO DANIEL GALLARDO que, en caso de reiterarse un incidente de cualquier desacato, irrespeto a los oficiales o cualquier otra infracción a la disciplina deportiva de igual o similar naturaleza a la que ha traído causa el presente procedimiento será considerado como situación agravante.

Contra esta decisión cabe recurso ante la Cámara de Apelaciones de la CONMEBOL, en el plazo de siete días corridos, a partir del siguiente día a la notificación de los fundamentos de la decisión conforme al Art. 63.3 del Reglamento Disciplinario de la CONMEBOL. Dicho recurso será sin efecto suspensivo. El recurso deberá cumplir con las formalidades exigidas en los artículos 59 y siguientes del Reglamento Disciplinario de la CONMEBOL. De conformidad con el Art. 63.5 del Reglamento Disciplinario de la CONMEBOL, la cuota de apelación de USD. 1.000 (DOLARES ESTADOUNIDENSES MIL) ha de ser abonada mediante transferencia bancaria.

Eduardo Gross Brown, Presidente; Amarilis Belisario, Vicepresidente; Cristóbal Valdes, Miembro.

Dejá tu comentario

Te puede interesar