8 de enero 2003 - 00:00

AFIP controla más las facturas

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dispuso ayer la obligación de tener el domicilio fiscal al día para poder imprimir facturas que permitan operar normalmente y para poder exportar e importar servicios y mercaderías. Según la Resolución General 1.409 firmada ayer por el titular del organismo Alberto Abad, los contribuyentes que tengan su domicilio denunciado por la AFIP y a los que se les haya solicitado su rectificación, mientras dure ese proceso, se les otorgaría una autorización parcial con una cantidad mínima de facturas por imprimir.

Para emitir facturas, y según esta disposición que comenzará a regir desde que la RG 1.409 aparezca publicada esta semana en el Boletín Oficial, se dispuso además que es obligación haber presentado todas las declaraciones juradas del IVA y de los recursos de la seguridad social de los últimos 12 meses, o desde el lapso de apertura del inicio de las actividades si se trata de un período menor. Cuando el contribuyente haya comenzado a operar antes de tres meses, la AFIP estará autorizada a imprimir 25 por ciento de la cantidad de facturas solicitadas, y sólo luego de la liquidación de estas operaciones mensuales se podrá volver a solicitar la autorización.

Con esto la AFIP quiere aumentar el control que tiene sobre la impresión y circulación de facturas para los contribuyentes inscriptos en el IVA, movimientos que según el propio organismo concentrarían el mayor nivel de evasión en ese impuesto. Por casos de impresión y comercialización de facturas truchas, la AFIP descubrió operaciones por más de 8 millones de pesos de evasión. Ambito Financiero reproduce hoy en su página de Internet www.ambitoweb.com el texto completo de la RG 1.409 que reglamenta el sistema de impresión de facturas.

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