10 de abril 2020 - 15:43

AFIP dará a conocer el lunes los requisitos para obtener los beneficios salariales

Las empresas que adhieran tendrán tres días (entre el lunes y miércoles próximo) para cumplimentar los formularios requeridos para solicitar estas ayudas.

El próximo lunes la AFIP dará a conocer la información que será requerida a las empresas a los efectos de obtener los beneficios que brinda el Estado para subsidiar el pago de salarios y atenuar los costos laborales. 
El próximo lunes la AFIP dará a conocer la información que será requerida a las empresas a los efectos de obtener los beneficios que brinda el Estado para subsidiar el pago de salarios y atenuar los costos laborales. 
Foto: Pixabay

El próximo lunes la AFIP dará a conocer la información que será requerida a las empresas a los efectos de obtener los beneficios que brinda el Estado para subsidiar el pago de salarios y atenuar los costos laborales. Fuentes del organismo recaudador señalaron a Ámbito que se tratará de “información económica sobre su desempeño reciente, datos sencillos de producir”, aclaración que importa toda vez que las empresas que adhieran tendrán tres días (entre el lunes y miércoles próximo) para cumplimentar los formularios requeridos para solicitar estas ayudas.

Tras trabajar hasta última hora del miércoles pasado, la AFIP dio a conocer la Resolución 4693 por la que se habilita a los empleadores con problemas a acceder a los beneficios dentro del denominado “Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción - ATP” dispuestos por el Decreto Nº 332/20 y su modificatorio.

En medios empresarios – y particularmente en el entramado de las pymes que conforman unas 600.000 firmas en el país – se espera con ansiedad definiciones en este sentido ya que todavía no se conoce ni en qué momento ni de qué forma el Gobierno asistirá con dinero a las empresas que tienen problemas para pagar los sueldos, entre otras dudas sobre el alcance de la asistencia.

La titular de la AFIP, Mercedes Marcó del Pont afirmó que en menos de un día se registraron 100.000 empleadores para acceder a los beneficios, según señaló en declaraciones radiales. Y precisó que de éstos, siete de cada diez accedieron en forma inmediata a la postergación por dos meses de las contribuciones patronales.

La inscripción a la postergación de los aportes patronales es lo que dará la posibilidad a las empresas para que además reciban en caso de ser aceptadas el subsidio para el pago de salarios.

El Gobierno estableció distintas medidas de asistencia para hacer frente al pago de sueldos, según dos grupos de empresas, aquellas con menos de 100 empleados y las que superen dicha cantidad.

En este sentido, los REPRO Asistencia por la Emergencia Sanitaria” serán adjudicados a las empresas con más de 100 trabajadores y se aplicarán los parámetros existentes para evaluar si califica como pyme.

En tanto, para aquellas empresas con menor cantidad de personal podrán aplicar para la Asignación Compensatoria al Salario. Cabe indicar que la reducción de hasta el 95% de las contribuciones patronales se aplica para compañías que tengan hasta 60 trabajadores.

En el Anexo I la AFIP publica el listado de “Actividades afectadas en forma crítica”. En sus 11 páginas se abarca a más de 500 rubros que van desde todo tipo de fabricación como ser: tejidos, productos textiles, locomotoras, automotores, electrodomésticos, armas y municiones, envases de vidrio, colchones, entre otros.

El sector comercio está contemplado tanto para ventas mayoristas como minoristas, desde artículos de calzado, prendas de vestir, joyas, uniformes y ropa de trabajo, de bazar, por solo mencionar algunos.

En el rubro de servicios se observan los referidos a los colegios, jardines maternales, infantes, colegios primarios y secundarios, enseñanza de idiomas, y diversos cursos. También se incluyó a las empresas de limpieza para oficinas y edificios, de jardinería y limpieza de jardines, call centers, promoción y espectáculos deportivos, alquileres de salones, salones de baile, discotecas y similares, servicios inmobiliarios, por citar algunos ejemplos.

El alquiler desde ropa hasta maquinaria también están contemplados, como asimismo el de transporte de vehículos para fines turísticos, marítimo, entre otros. También se incluyeron a los hoteles de alojamiento; hosterías, hoteles, alojamiento en campings,

El rubro alimentación está contemplado en sus diversas maneras desde restaurantes, bares, fast food, hasta servicios de catering.

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