La Administración Federal de Ingresos Públicos( AFIP) prorrogó el período de prueba del régimen de reintegro atribuible a las operaciones de exportación y asimilables en el Sistema Integral de Recupero (SIR). Esta nueva funcionalidad estará operativa desde el 3 de abril de 2023.
AFIP: todo lo que tenés que saber sobre el Sistema Integral de Recupero
Conoce de qué se trata el SIR perteneciente a la Administración Federal de Ingresos Públicos.
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Sistema Integral de Recupero AFIP.
¿Qué es el Sistema Integral de Recupero?
El Sistema Integral de Recupero (SIR) es un sistema que:
- Simplifica trámites y optimiza controles.
- Permite mejorar la dinámica de cobro de los créditos fiscales.
- Simplifica los procedimientos para formalizar las solicitudes y optimizar controles sistémicos.
- Permite mejorar la capacidad de coordinación y control entre los distintos organismos del sector público nacional en materia de ingreso y liquidación de las divisas que dan lugar a los beneficios tributarios.
Requisitos para presentar una solicitud de recupero
- CUIT activa.
- Alta en los impuestos por los que solicita el recupero.
- Domicilio fiscal actualizado.
- Actividad desarrollada actualizada de acuerdo a los códigos del CLAE.
- Domicilio fiscal electrónico constituido y actualizado.
- Clave fiscal nivel tres o superior, para poder dar de alta el servicio SIR.
- Debe haber presentado todas las declaraciones juradas, tanto de impuestos como de recursos de la seguridad social, correspondientes a los períodos no prescriptos.
- No registrar incumplimientos en la presentación de declaraciones juradas informativas.
Cómo solicitar el recupero
- Ingresar al servicio con clave fiscal “SIR – Sistema Integral de Recupero”.
- Seleccionar el régimen por el que se solicita el beneficio.
- Seleccionar la opción Generar presentación.
- Completar los datos que indica el sistema.
- Generar formulario de declaración jurada.
- en el caso de que a la solicitud se le adjuntan informes profesionales, estos deberán ser validados por el profesional interviniente quien, a tal efecto, ingresará con su clave fiscal al servicio “SIR – Sistema Integral de Recupero”, opción “Contador Web –Informes Profesionales y otra documentación”. Esto indicará que los archivos adjuntos a la solicitud son copia fiel de los originales y consistentes con la información declarada.
Se puede presentar una solicitud por período mensual, anual o de una frecuencia distinta, según prevea cada régimen.
Para qué se puede utilizar el beneficio SIR
El importe autorizado será acreditado en el Sistema de Cuentas Tributarias y podrá ser utilizado para:
- Compensación con importes originados en regímenes de retención y percepción de IVA.
- Cancelación de deudas por impuestos propios.
- Cancelación de deudas por aportes y contribuciones de la seguridad social.
- Cancelación de obligaciones emergentes de la responsabilidad de cumplimiento de la deuda ajena.
- Devolución.
- Transferencia a terceros.
¿Qué genera la pérdida del beneficio SIR?
En el caso de que se detecte inconsistencias, se podrán generar intimaciones o requerimientos adicionales a través del servicio “SIR - Sistema Integral de Recupero”, para evaluar y determinar cada situación.
La pérdida de los beneficios generará, según corresponda:
- Anulación de importes acreditados en el Sistema Cuentas Tributarias no aplicados a la cancelación de obligaciones.
- Obligación de restituir los importes devueltos con sus respectivos intereses y multas.
- Anulación de los importes transferidos a terceros y sus usos posteriores.
- Anulación de las compensaciones de obligaciones o de las afectaciones a la seguridad social.
- Obligación de rectificar las declaraciones juradas por los períodos involucrados.
- Ingreso de los impuestos abonados en defecto con sus respectivos accesorios y multas.
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