31 de octubre 2022 - 00:00

AFIP: todo lo que tenés que saber sobre el Sistema Integral de Recupero

Conoce de qué se trata el SIR perteneciente a la Administración Federal de Ingresos Públicos.

Sistema Integral de Recupero AFIP.

Sistema Integral de Recupero AFIP.

Télam

La Administración Federal de Ingresos Públicos( AFIP) prorrogó el período de prueba del régimen de reintegro atribuible a las operaciones de exportación y asimilables en el Sistema Integral de Recupero (SIR). Esta nueva funcionalidad estará operativa desde el 3 de abril de 2023.

¿Qué es el Sistema Integral de Recupero?

El Sistema Integral de Recupero (SIR) es un sistema que:

  • Simplifica trámites y optimiza controles.
  • Permite mejorar la dinámica de cobro de los créditos fiscales.
  • Simplifica los procedimientos para formalizar las solicitudes y optimizar controles sistémicos.
  • Permite mejorar la capacidad de coordinación y control entre los distintos organismos del sector público nacional en materia de ingreso y liquidación de las divisas que dan lugar a los beneficios tributarios.

Requisitos para presentar una solicitud de recupero

  • CUIT activa.
  • Alta en los impuestos por los que solicita el recupero.
  • Domicilio fiscal actualizado.
  • Actividad desarrollada actualizada de acuerdo a los códigos del CLAE.
  • Domicilio fiscal electrónico constituido y actualizado.
  • Clave fiscal nivel tres o superior, para poder dar de alta el servicio SIR.
  • Debe haber presentado todas las declaraciones juradas, tanto de impuestos como de recursos de la seguridad social, correspondientes a los períodos no prescriptos.
  • No registrar incumplimientos en la presentación de declaraciones juradas informativas.
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Cómo solicitar el recupero

  • Ingresar al servicio con clave fiscal “SIR – Sistema Integral de Recupero”.
  • Seleccionar el régimen por el que se solicita el beneficio.
  • Seleccionar la opción Generar presentación.
  • Completar los datos que indica el sistema.
  • Generar formulario de declaración jurada.
  • en el caso de que a la solicitud se le adjuntan informes profesionales, estos deberán ser validados por el profesional interviniente quien, a tal efecto, ingresará con su clave fiscal al servicio “SIR – Sistema Integral de Recupero”, opción “Contador Web –Informes Profesionales y otra documentación”. Esto indicará que los archivos adjuntos a la solicitud son copia fiel de los originales y consistentes con la información declarada.

Se puede presentar una solicitud por período mensual, anual o de una frecuencia distinta, según prevea cada régimen.

Para qué se puede utilizar el beneficio SIR

El importe autorizado será acreditado en el Sistema de Cuentas Tributarias y podrá ser utilizado para:

  • Compensación con importes originados en regímenes de retención y percepción de IVA.
  • Cancelación de deudas por impuestos propios.
  • Cancelación de deudas por aportes y contribuciones de la seguridad social.
  • Cancelación de obligaciones emergentes de la responsabilidad de cumplimiento de la deuda ajena.
  • Devolución.
  • Transferencia a terceros.
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¿Qué genera la pérdida del beneficio SIR?

En el caso de que se detecte inconsistencias, se podrán generar intimaciones o requerimientos adicionales a través del servicio “SIR - Sistema Integral de Recupero”, para evaluar y determinar cada situación.

La pérdida de los beneficios generará, según corresponda:

  • Anulación de importes acreditados en el Sistema Cuentas Tributarias no aplicados a la cancelación de obligaciones.
  • Obligación de restituir los importes devueltos con sus respectivos intereses y multas.
  • Anulación de los importes transferidos a terceros y sus usos posteriores.
  • Anulación de las compensaciones de obligaciones o de las afectaciones a la seguridad social.
  • Obligación de rectificar las declaraciones juradas por los períodos involucrados.
  • Ingreso de los impuestos abonados en defecto con sus respectivos accesorios y multas.

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