“Renta Inesperada”: el Gobierno ampara la legalidad en el Aporte Solidario

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Gentileza: Tcd.com.ar

La intención oficial de avanzar con el proyecto de ley para recaudar dinero a partir de la “Renta Inesperada”, y no caer en una trampa posterior a una eventual aprobación parlamentaria (lo que aún es difícil de pronosticar), se basa en la teoría de que se trata de un aporte extraordinario y no de la aplicación de un nuevo impuesto. Según los estrategas tributarios del oficialismo, sería esta la fórmula para garantizar no sólo algún que otro aporte de votos opositores (imprescindibles para que la idea tenga final feliz parlamentario), sino para cubrir al sector público de eventuales embestidas judiciales.

La jurisprudencia que mira el oficialismo es la aprobación del Aporte Solidario y Extraordinario reglamentado el 29 de enero de 2021, dando lugar al pago especial que cubrió las cuentas públicas el año pasado. Ahora, el proyecto de “redistribuir la renta inesperada”, adelantado por Martín Guzmán el lunes pasado, y que apunta a obtener parte de los ingresos del campo fruto del incremento de las materias primas a partir de las consecuencias en los mercados luego de la invasión de Rusia a Ucrania; tendría la misma base legal que su primo hermano aplicado en el ejercicio pasado.

La fórmula jurídica que quiere ejecutar el Gobierno es la que enuncia “Solve et Repete”. O, dicho de una manera más clara y directa; pagar y luego protestar recurriendo a la vía judicial. Así, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) podría obligar a pagar primero, para luego avalar la apertura de procesos judiciales sobre la medida de fondo. Para que esto se concrete, los asesores jurídicos del Gobierno aseguran tener los reflejos aceitados para que, ante el primer round de presentación judicial de algún privado, se presenten ante los tribunales correspondientes para que se active la “Solve et Repete”, legalizada según la visión pública en la jurisprudencia reciente.

Proceso judicial

Luego, y ahí está el fondo de la estrategia oficial, una vez aplicado el principio y con el camino judicial abierto para que se determine si el aporte es constitucional o no, se deberá esperar a que termine el trayecto de las tres etapas del Poder Judicial, lo cual podría demandar no menos de cinco años. Y con un juicio sumarísimo. Lo normal en estos casos es que las causas lleven entre siete y diez años, hasta que la Corte Suprema trate el tema. Salvo que el primera instancia haya algún fallo favorable, como la defensa (en este caso la AFIP) tiene la obligación de apelar toda definición contraria de la justicia; es inevitable que los tiempos se extiendan. Por esto es importante para el estado, que el “Solve et Repete” se aplique, y que los afectados por el impuesto paguen primero y después transiten el siempre cansador proceso judicial.

Según los fallos de la Corte Suprema donde se ratifica el principio, la única alternativa para que se aplique antes del pago de la carga; es que se demuestre la dificultad concreta de la persona para pagarlo o que su ejecución implique un perjuicio económico grave que impida la supervivencia comercial o financiera del afectado. Pero de comprobarse estas circunstancias, el “Solve et Repete” sólo aplica para una atenuación de la aplicación, pero no para su suspensión.

La experiencia del Aporte Solidario aplicado en 2021 indica que la justicia respeta el principio y obliga a los contribuyentes a hacer el pago para luego avanzar en instancias jurídicas posteriores. Esto le permitió al sector público recaudar el año pasado unos $240.000 millones, lo suficiente para cerrar el año con un déficit del 3% del PBI. Sin este dinero, hubiera llegado al 3,5%.

Los juristas privados, alertados de la circunstancia; encuentran un gris en la jurisprudencia. Todos los fallos de la Corte aplican a un impuesto. Y, desde el oficialismo legislativo primero y el Ejecutivo después, se defendió en el caso del Aporte Extraordinario de 2021 y se repetiría en el caso de la “Renta Inesperada”, que no se trata de un impuesto sino un aporte extraordinario por única vez; con lo que las normas que rigen a los tributos no correrían. La respuesta vendría por el lado de la Justicia, que debería resolver, en el caso de que se apruebe, si se trata de un impuesto o no. Y si resolviera para este costado; si no habría, en ese caso, una doble imposición con el tributo a las Ganacias; de la misma manera en que no se consideraba que las hubiera con Bienes Personales en el caso del Aporte Extraordinario.

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