16 de septiembre 2025 - 08:43

ARCA modificó el régimen de transportistas de hidrocarburos con beneficios

El organismo eliminó la obligación de acreditar inscripción en el RUTA y actualizó referencias normativas en el marco de la simplificación administrativa.

ARCA simplifica el régimen de transportistas de hidrocarburos, elimina la obligación del RUTA y actualiza normas de seguridad y anexos técnicos.

ARCA simplifica el régimen de transportistas de hidrocarburos, elimina la obligación del RUTA y actualiza normas de seguridad y anexos técnicos.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) oficializó este martes cambios en el “Régimen de Transportistas de Hidrocarburos con Beneficios”, con el objetivo de simplificar los requisitos de inscripción y adecuar la normativa a las recientes modificaciones legales y reglamentarias.

La medida busca facilitar la inscripción de los transportistas y alinear el régimen con las normas vigentes sobre seguridad y fiscalización de hidrocarburos.

A través de la Resolución General 5757/2025, publicada en el Boletín Oficial, se eliminó el requisito de acreditar inscripción en el “Registro Único del Transporte Automotor” (RUTA), que fue suprimido a fines de 2024, y se sustituyó la normativa relativa al control de condiciones de seguridad, que ahora pasa a regirse por lo dispuesto en la Resolución 414/2021 de la Secretaría de Energía.

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Actualización normativa y anexos técnicos

La medida también actualiza referencias a otros regímenes informativos, deroga disposiciones ya obsoletas y aprueba un nuevo anexo técnico, en línea con el mandato de simplificación administrativa dispuesto por el Poder Ejecutivo. Entre las actualizaciones, se sustituyen artículos de la Resolución General 4.775 y se deroga el Título II, modernizando los procedimientos y referencias legales para los transportistas.

La resolución, firmada por el director ejecutivo de ARCA, Juan Alberto Pazo, entró en vigencia en el mismo día de su publicación. El decreto establece que la medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por la Ley 23.966 sobre Impuestos a los Combustibles Líquidos y al Dióxido de Carbono y por varios decretos complementarios, asegurando su plena legalidad y respaldo institucional.

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