24 de septiembre 2003 - 00:00

Corte no aceptó suspender remates

La Corte Suprema de Justicia rechazó el pedido formulado por el Defensor del Pueblo de la Nación, Eduardo Mondino, para que se suspendieran por 60 días los procesos sobre ejecuciones hipotecarias de viviendas únicas.

La Corte, en forma unánime, consideró que «no existe caso judicial» que resolver en el planteo efectuado días atrás por el ombudsman de la Nación.

Los magistrados de la Corte aplicaron la doctrina, según la cual para que una cuestión habilite la intervención de un tribunal, debe estar en litigio un tema judiciable, condición de la que carece el pedido de Mondino, de acuerdo con la determinación adoptada.

Algunos de los ministros presentes también marcaron reparos en la falta de competencia originaria de la Corte para analizar la solicitud de Mondino, aunque ninguno se expidió sobre la cuestión de fondo, es decir, sobre la legitimidad del Defensor para pedir que se frene los remates hipotecarios.

• Reclamo

En forma directa, sin pasar por las instancias inferiores, el Defensor del Pueblo de la Nación había reclamado a la Corte la suspensión, por el plazo de 60 días o el que disponga el tribunal, de todos los procesos judiciales en los cuales se estén ejecutando créditos hipotecarios sobre viviendas únicas de uso familiar.

Mondino efectuó su presentación «frente al dramático hecho de ver amenazada la integridad de su vivienda» y «para evitar las graves consecuencias que las ejecuciones y remates de inmuebles acarrearán al colectivo de deudores».

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