Corte prohibió cobrar impuesto a la riqueza en Buenos Aires
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Por esa razón, reclamó que el máximo tribunal dicte una medida cautelar para dejar sin efecto el cobro de dicho impuesto hasta tanto no haya sentencia firme.
Para la Corte "la eventual violación- por parte de una provincia- del compromiso de no aplicar gravámenes locales análogos a los nacionales coparticipables, aunque esa trasgresión pueda también exteriorizarse como un conflicto entre dos normas o actos locales".
"La afectación del régimen de coparticipación federal de impuestos supone un agravio directo a la Constitución Nacional y no a la Ley provincial", había afirmado en su dictamen la procuradora Laura Monti.
Además, recordó que la Constitución Nacional establece la vigencia del esquema de distribución de impuestos aprobada entre el Estado Nacional y las distintas provincias, la que "no podrá ser modificada unilateralmente ni reglamentada".
Ahora, por mayoría, la Corte coincide con el dictamen de la procuradora y exige que se notifique "al Gobernador (bonaerense), al Fiscal de Estado y al Juez Federal correspondiente" del impedimento para tributar el impuesto en cuestión.
"Resulta aconsejable impedir el cobro compulsivo que la demandada estaría habilitada a ejercer en supuestos que cabe calificar de ordinarios", señaló el alto tribunal.
El fallo fue acompañado con la firma de los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton, Carlos Fayt, Enrique Petracchi, Juan Carlos Maqueda, Raúl Zaffaroni y Carmen Argibay.




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