Qué hacer entonces ahora, cuando surja de las disposiciones del nuevo Código de Planeamiento una arbitrariedad o una inconstitucionalidad manifiesta de su contenido? La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha sancionado una nueva Ley N° 402 sobre procedimiento ante el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires que prevé en su art. 17 la acción declaratoria de inconstitucionalidad. Análisis Ese artículo tiene por exclusivo objeto el análisis de la validez de leyes, decretos y cualquier otra norma de carácter general emanada de las autoridades de la Ciudad.
El contenido al que quiere acceder es exclusivo para suscriptores.
Se encuentran legitimados para interponer esta acción las personas físicas y jurídicas, la Defensoría del Pueblo y el Ministerio Público de la Ciudad Autónoma, pudiendo incluso presentarse en la causa cualquier persona en calidad de asistente oficioso (art. 22).
La norma cuestionada pierde su vigencia si se declara su inconstitucionalidad y el Tribunal Superior notifica la sentencia a la Legislatura, no siendo ratificada esta ley por los dos tercios de los miembros presentes de la misma (art. 24 de la Ley 402).
Como puede apreciarse, la sanción del nuevo Código de Planeamiento es algo mucho más complejo de lo que a primera vista se imagina.
No estamos en presencia de un cambio técnico, de zonificaciones, planchetas y usos conforme, sino de un momento histórico donde se empiezan a construir las bases de un nuevo Derecho Constitucional y Administrativo que deberá reforzar las garantías y los derechos de los ciudadanos porteños.