El Banco Central pone tope máximo a las tasas para préstamos
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Banco Central de la República Argentina.
Asimismo, dividió en dos grupos a las entidades financieras. El Grupo I (agentes financieros del estado nacional, provincial o municipal y/o demás entidades que participen con al menos 1% del total de los depósitos del sector privado no financiero) y Grupo II (las entidades restantes).
En ese sentido, el primer grupo no podrá exceder una tasa del 38,8% anual en pesos para los préstamos personales. Esta cifra se desprende a partir de que la tasa de interés no podrá superar en un 45% el costo de las Lebac a tres meses, actualmente en 26,8% anual. Hecha la misma deducción, para el caso de los créditos prendarios la tasa no deberá superar el 33,8%.
Para el segundo grupo, bancos y entidades financieras más chicas, las condiciones serán un poco más laxas. En el caso de los préstamos personales podrán agregar un adicional de hasta un 80% sobre la tasa Lebac, con lo que podrían prestar hasta niveles de alrededor del 48,2%. Y en el caso de los créditos prendarios el excedente podrá llegar al 40%, con lo que se podrán cobrar tasas de hasta un 37,5%.
Esta división obedece a que el BCRA publicará "cada mes la tasa de interés de referencia para las entidades de Grupo I y Grupo II" aplicable a cada tipo de préstamo (personales, prendarios y compras de cartera). Este valor que informará el Banco Central obliga a que las entidades no puedan superar en sus créditos el valor de la "tasa de interés de referencia".
En BCRA también estableció "nuevas reglas sobre comisiones y cargos de productos y servicios financieros básicos". A partir del momento que entre en vigencia la norma, tanto los bancos como las emisoras no financieras de tarjetas de crédito tendrán que solicitar "autorización previa del BCRA para aplicar aumentos al costo" de los servicios. Los servicios sujetos a esta autorización son: el costo de mantenimiento de las cajas de ahorro, las extracciones en cajeros automáticos, reposición de tarjetas de débito, entre otros.
Otra de las disposiciones que tomó la entidad que dirige Juan Carlos Fábrega es la regulación para "el acceso al financiamiento de los proveedores no financieros de crédito". Esta normativa afecta a cooperativas, asociaciones mutuales y las emisoras no financieras de tarjetas de crédito o compra, entre otros prestadores.
De acuerdo, al comunicado las medidas dispuestas "están orientadas a expandir el crédito para las familias en condiciones más favorables, en un contexto de elevado nivel de liquidez de las entidades financieras".




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