El Senado aprobó una ley para los deudores hipotecarios
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Para ello, el magistrado deberá realizar un cálculo en un plazo de 20 días que no podrá exceder el monto que surja de estimar un dólar equivalente a un peso, más el 30 por ciento de la diferencia entre dicha paridad y la existente al momento de la liquidación y un interés con una tasa no superior al 2,5 por ciento anual por todo concepto.
Si bien no existe un acatamiento unánime de los jueces, hasta enero próximo rige la suspensión de las ejecuciones hipotecarias, dispuesta por el Parlamento a través de una ley.
Fuentes parlamentarias estimaron que la aplicación del nuevo mecanismo de actualización determina una deuda equivalente a 1,83 pesos por cada dólar estadounidense.
El proyecto que podría ser ley la semana próxima beneficiará a más de 8 mil deudores que podrán saldar total o parcialmente sus obligaciones con aportes del Fondo Fiduciario creado por la ley 25.798 y que funciona bajo la órbita del Banco Nación.
El proyecto de ley prohibe expresamente la capitalización de intereses, la aplicación del Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER) o cualquier otro mecanismo de actualización que no sea el definido en el propio texto.
La norma es de carácter interpretativo para salvar diferencias que surgieron entre los legisladores y los jueces sobre la aplicación del conjunto normativo de emergencia pública dispuesto a partir del estallido socio-económico y político de 2001.
En tal sentido, los legisladores del justicialismo y del radicalismo insistieron en que la norma tiene como "prioridad" proteger a los deudores en el derecho de acceso a una vivienda digna.
De acuerdo con este objetivo, el proyecto suspende expresamente todo tipo de ejecución o desalojo hasta tanto se cumpla con el mecanismo previsto para salvar la situación planteada por la devaluación de 2002.



