El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) aprobó el Plan Nacional de Control y Erradicación de la Enfermedad de Aujeszky mediante la Resolución 810/2025, publicada este viernes en el Boletín Oficial. La norma, firmada por la presidenta del organismo, María Beatriz Giraudo Gaviglio, actualiza la estrategia sanitaria vigente desde 2009 e introduce nuevas herramientas de vigilancia, diagnóstico y bioseguridad para toda la producción porcina del país.
El Senasa aprobó un nuevo plan nacional para erradicar la enfermedad de Aujeszky en todo el país
La medida, publicada este viernes en el Boletín Oficial, establece un marco actualizado para controlar y eliminar la enfermedad que afecta a los cerdos y puede transmitirse a otras especies. Incluye mayores exigencias de bioseguridad, controles periódicos y la clasificación sanitaria obligatoria de los establecimientos porcinos.
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El Senasa advirtió que su presencia genera pérdidas económicas significativas.
La enfermedad de Aujeszky -también conocida como pseudorrabia- es causada por un herpesvirus que afecta a los porcinos domésticos y silvestres, y puede transmitirse a otras especies de mamíferos, con consecuencias mortales. El Senasa advirtió que su presencia genera pérdidas económicas significativas, afecta la productividad, restringe el comercio y pone en riesgo la sanidad animal.
El Senasa y su plan nacional de control y erradicación de la "pseudorrabia"
La resolución dispone que el plan se aplicará en todo el territorio nacional, alcanzando tanto a las granjas de producción intensiva como a los criadores de menor escala. Entre las principales medidas, se establece:
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La clasificación sanitaria obligatoria de los establecimientos porcinos en categorías como “libres”, “bajo vigilancia”, “infectados” o “en saneamiento”.
La realización de análisis serológicos periódicos para mantener la certificación de libre de la enfermedad.
La presentación de planes de saneamiento en los predios donde se detecten brotes.
La prohibición de movimiento de animales infectados y la obligación de despoblamiento en los casos de alto riesgo sanitario.
La vacunación supervisada por veterinarios acreditados y registrada en los sistemas informáticos del Senasa.
Además, el organismo derogó la resolución 474/2009, que regía el anterior programa de control, e incorporó criterios de diagnóstico actualizados, mayor trazabilidad y el uso de tecnologías digitales para la vigilancia epidemiológica.
La norma también establece la colaboración con provincias, municipios y entes sanitarios, que podrán desarrollar planes complementarios adaptados a la realidad productiva de cada región. Los productores deberán permitir el ingreso de inspectores del Senasa para fiscalizar las medidas sanitarias, mientras que el incumplimiento será sancionado conforme a la Ley 27.233 de sanidad agroalimentaria.
El nuevo plan entrará en vigencia dentro de 180 días y busca garantizar la sanidad del rodeo porcino argentino, fortalecer las exportaciones y mejorar la competitividad del sector en línea con los estándares internacionales de la Organización Mundial de Sanidad Animal (OMSA).
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