31 de marzo 2005 - 00:00

Embargos: cómo se defendió el país ante fondos buitre

Carátula de la trascripción oficial de la audiencia en el sur de Nueva York, que consta de 73 páginas.
Carátula de la trascripción oficial de la audiencia en el sur de Nueva York, que consta de 73 páginas.
Señales favorables para el gobierno argentino surgen del análisis pormenorizado de lo que fue la audiencia ante el juez Thomas Griesa entre los principales fondos buitre (inclusive Dart) y los representantes legales del país. Todo indicaría que el levantamiento del embargo y, por ende, el cierre del canje de la deuda en default es cuestión de tiempo y en función de cuando se reúna la Cámara de Apelaciones.

Ayer Ambito Financiero accedió a la transcripción de lo que fue la audiencia del martes último. Consta de 73 páginas (ver en www.ambitoweb. com). Por la Argentina concurrieron Jonathan Blackman y Carmen Boccuzzi ( abogados del estudio Cleary, Gottlieb Steen and Hamilton) mientras que del otro lado estaban en representación de fondos buitre Harold Barzo y Kevin Reed (NML, por Elliot), David Rivkin y Dennis Hanitzky (por EM, que es Dart) y también abogados de Lightwater and Old Castle, Macrotechnic Latinburg y Applestein.

Lo importante del diálogo en cuestión es la firmeza con la que Griesa defendió que los bonos embargados no eran de la Argentina. Hay que tener en cuenta que lo que estaba en discusión era la viabilidad del embargo por más de u$s 7.000 millones de los viejos títulos, los que entregaron los bonistas que aceptaron la oferta argentina.

• A favor

Hay dos datos adicionales que paralelamente jugarían a favor del país: la reputación de Griesa en la Cámara de Apelaciones dado que muy pocas veces se le revirtió un fallo, y en segundo lugar y a la inversa, la mala imagen en los tribunales de la parte demandante. Estos fueron los tramos principales de la audiencia del martes:

Blackman (Argentina): Esta es la audiencia más importante entre todas las que han tenido lugar desde que nos encontramos por primeravez en setiembre de 2002. Desde entonces trabajamos en una oferta de canje para tratar de retirar la mayor cantidad posible de deuda impaga y no sustentable. Como usted sabe, hemos logrado que 76% de los tenedores de la deuda vieja entregaran sus bonos. Ahora los demandantes están tratando de frenar el proceso. La oferta de canje no puede seguir adelante y el trabajo que estuvimos haciendo en los últimos tres años puede quedar reducido a la nada. Así ningún acreedor quedará satisfecho en lugar de 76% de los bonos reemplazados.No se puede embargar propiedad que no pertenece al deudor
.

Griesa: ¿Cuál es el estatus de los bonos el 1 de abril?

Blackman (Argentina): Los títulos son transferidos a la Argentina y el tenedor recibe a cambio nuevos títulos y «cash». Ese día simultáneamente ocurren dos cosas: los viejos bonos son canjeados por los nuevos. Al mismo tiempo se cancelan los viejos bonos. Si no, en lugar de reducir la deuda, la estaríamos aumentando si mantuviéramos los viejos bonos en circulación.

Griesa: No escuché nada de la República Argentina, ni una palabra, sobre cómo honrar las obligaciones impagas. Esta gente tiene derecho a hacer juicio. Sería agradable escuchar a los abogados de la Argentina algo al respecto que no sean las diferentes maneras de evitar pagar los juicios.

Blackman (Argentina): Hemos efectuado una oferta de pago a todos los acreedores. La gente tiene derecho a litigar...


Griesa: Y a recuperar el dinero....

Blackman (Argentina): Sí, pero a recuperarlo de la propiedad de la Argentina. Estos títulos no lo son. Quieren quedarse con los bonos de los tenedores que aceptaronla oferta. Tratamos de incorporar la mayor cantidad de bonistas en esta oferta. Si yo le debo plata a alguien y tengo un contrato para comprar una casa a ejecutarse en un mes, mi acreedor no puede embargar esa casa y sacar a patadas a la persona que hoy está viviendo allí. Y si el contrato dice que la compra de la casa es únicamente con el propósito de derrumbarla y crear una plaza, tampoco el acreedor puede quedársela y vendérsela a otra persona
.

Griesa: Escuchemos a los demandantes. No veo cómo hay un activo de la Argentina en el Bank of New York donde están esos embargos.

Barzo (Elliot): Porque hay un derecho contractual de la Argentina y un deber del Bank of New York de transferir los bonos a una cuenta de Argentina. En el día de compensación o «settlement» (el 1 de abril) el oficial de Justicia puede tomar la propiedad, o activo.


• Obligación

Griesa: No estoy seguro de eso. Me parece que lo que los tenedores de bonos aceptaron hacer es un canje de deuda. No vendieron sus títulos. Si el canje se frustra, no recibirán nada a cambio. Pero un minuto: ¿está la Argentina obligada a emitir los nuevos títulos?

Barzo (Elliot): Están obligados. Tienen una obligación contractual
.

Griesa: Están obligados a emitir nuevos bonos si pueden sacar del cuadro a los viejos bonos. Ese es el arreglo contractual.

Barzo: Pero si compro una casa, y pongo el dinero en custodia, y el vendedor pone también el título de la casa en custodia; si aparece un acreedor y le embarga el dinero no significa que la operación no se hace. Yo me quedo con la casa. Pagué por ella.

Griesa: No es una ilustración particularmente buena. Señor Blackman, usted dijo que si continuara esta situación, la República Argentina no emitiría los nuevos bonos.

Blackman (Argentina): Es correcto. Destruiría el propósito de la operación.


Griesa: ¿Tengo algún poder en el mundo para obligarle a emitir los nuevos bonos si me quedo con los viejos?

Blackman (Argentina): La respuesta tiene que ser no.


Griesa: No tengo jurisdicción sobre ello y no creo que alguna Corte en el mundo la tenga.

Rivkin (fondo buitre Dart): Pero los tenedores de deuda que aceptaron hicieron una oferta irrevocable. Y la Argentina está comprometida a entregar los nuevos bonos... La Argentina puede tener esos viejos bonos. Dicen que es intención cancelar esos bonos, pero no que lo tengan que hacer. Lo dice el lenguaje del prospecto
.

Griesa: ¿En dónde?

Rivkin (Dart): Arriba, en la página A59 del prospecto. Pueden no cancelar los bonos una vez que los emiten. Si la Argentina no nos va a pagar los bonos que embargamos, los venderemos a un tercero. Esos títulos son plata.

Griesa:
Refresquen mi memoria: ¿el Bank of New York es un trustee?

Blackman (Argentina): Son los agentes del canje. Esos títulos están todos en cuentas bloqueadas de las cajas de valores. Sólo se libra ese bloqueo cuando el 1 de abril se canjeen por los nuevos títulos que todavía no se han emitido. Y los viejos se cancelarán
.

Griesa: En lo que a mí respecta, los bonos en cuestión no son de la Argentina. Hasta el cierre son de los bonistas. Esa es mi visión.

Barzo (Elliot): Pero la Argentina dijo en la prensa que iba a seguir adelante con el canje de la deuda sin importa los embargos. (En referencia a un artículo en «Clarín» del lunes y martes último en donde se citaban declaracionesde « fuentes del Palacio de Hacienda» en ese sentido)
.

Blackman (Argentina): No era un comunicado de prensa era un artículo y estaba totalmente equivocado. Hablo en representación de la Argentina y no de los diarios
.

Griesa: Si los embargos continúan, ¿la República no cerrará la oferta?

Blackman (Argentina): Correcto.

Griesa: Voy a decidir desde el tribunal mismo. El tiempo es esencial aquí. Quien sea perjudicado aquí irá volando a la Cámara de Apelaciones. Y eso debe hacerse y rápido. Hay méritos y dificultades en ambas partes. Empecemos por los embargos. Los títulos no son aún de la Argentina. Serán de la Argentina si el canje se cierra el 1 de abril. No corresponden... Y las restricciones tampoco lo son ya que rigen los mismos motivos que para los embargos. Es mi decisión.

Rivkin (Dart): Haremos la apelación lo más rápido posible. Mañana (por ayer) mismo. Pero si dejamos que sigan adelante con la oferta, la Argentina cancelará los bonos. Por eso es que solicitamos que se mantenga el estatus actual de los títulos.

Griesa: Por a dar esa moción. Estará condicionado a que hagan un pedido de apelación expeditiva.

Rivkin: Lo haremos.

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